Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 22 de Diciembre de 2020, expediente FCT 032011873/2008/CA001

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

En la ciudad de Corrientes en el mes diciembre de dos mil veinte, se encuentran

reunidas las Sras. Juezas de Cámara, Dras. M.G.S. de Andreau y Selva

A.S., asistidas por la Sra. Secretaria de Cámara Dra. C.O.G. de

Terrile en autos: “Da S.R. c/ A.F.I.P.DGA Aduana Paso de los Libres s/ Pedido

reincorporación”, Expte. FCT Nº 32011873/2008/CA1, proveniente del Juzgado Federal de

Primera Instancia de Paso de los Libres, Corrientes.

Efectuado el sorteo de los votos arrojó el siguiente resultado: Dra. M.G.S.

de Andreau, Dra. Selva A.S. y Dr. R.L.G..

¿RESULTA LA SENTENCIA AJUSTADA A DERECHO?

¿SE AJUSTA A DERECHO LA SENTENCIA APELADA?

¿QUÉ PRONUNCIAMIENTO CORRESPONDE DICTAR EN AUTOS?

A LAS CUESTIONES PLANTEADAS LA DRA. M.G.S. DE

ANDREAU DICE:

Y CONSIDERANDO:

I) A fs. 395/397 el representante de la parte demandada interpone recurso de

apelación contra la sentencia de fs. 386/388 vta. en la que se resolvió no hacer lugar a las

excepciones de falta de legitimación activa y pasiva y de cosa juzgada; hacer lugar a la

defensa de prescripción y una vez firme ordenar el archivo de las actuaciones; con costas

por su orden.

A fs. 398 se concede el recurso libremente y con efecto suspensivo, elevándose a

esta Alzada según constancia de fs. 409 y concs.

II) Recibidos los autos se ponen en la oficina para que la apelante de fs. 395/397

exprese agravios.

III) Liminarmente la impugnante señala que cualquiera de los apoderados de la

AFIPDGA tiene legitimidad para apelar la imposición de costas ya que la propiedad de los

honorarios regulados a favor de abogados en relación de dependencia con dicho organismo

pertenecen a este último, aun cuando luego puedan ser distribuidos entre todos los

abogados del órgano aduanero de conformidad con la Disposición N° 275/2011 AFIP y

con la doctrina de la Corte Federal en las causas “Alianza Gas Soc. de Hecho c/ AFIP

DGA s/ Contencioso Administrativo (S.C.A.853.L.X.L.VII) y sus precedentes “El

Fecha de firma: 22/12/2020

Firmado por: C.E.O.G., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

Paulista” (Fallos 306:1283) y “Dadón” (Fallos 330:4721); y legitimidad para solicitar la

regulación, aun cuando fueran generados por la actividad profesional de otros (Cita la

causa “Villalba” CSJN 30/12/14, entre otras).

Destaca que los jueces de esta Cámara ya fijaron criterio, en el mismo sentido,

sobre la legitimidad de los abogados de la AFIP.

Narra que el actor fue despedido de la ex Administración Nacional de Aduanas en

el año 1995 por Disposición N°1040/94 del 28/04/94, la cual fue cuestionada en demanda

laboral en la que el Juzgado Federal de Paso de los Libres falló en sentido favorable a su

pretensión y ordenó el pago de una indemnización pecuniaria, y que luego de casi 14 años

el actor promovió demanda a fin de obtener la reincorporación...

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