Sentencia de Sala 2, 24 de Septiembre de 2014, expediente FLP 004238/2014/3/CA003
Fecha de Resolución | 24 de Septiembre de 2014 |
Emisor | Sala 2 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 FLP 4238/2014/3/CA3 CCCF - Sala 2 FLP 4238/2014/3/CA3 “D. F., A. s/nulidad”.
J.. Fed. n° 7 - Sec. n° 13.
Buenos Aires, 24 de septiembre de 2014.
Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO:
I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y estudio de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por los defensores particulares, D.. P.R.P. y F.C. -en representación de A.D.F.-, contra el decisorio que luce a fs. 46/51vta.
en cuanto el Juez de grado no hizo lugar al planteo de nulidad articulado por la parte contra ciertos actos procesales de los que da cuenta el acta obrante a fs. 1059/62 del principal.
II- Confrontados los agravios con las constancias del legajo y los argumentos expuestos por el a quo para rechazar la declaración de invalidez pretendida, se adelanta que la resolución puesta en crisis habrá
de ser confirmada.
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Respecto de la detención de A.D.F., consideran los suscriptos que la situación previa descripta en la pieza atacada y ratificada por el personal policial actuante en sus testimonios en sede judicial es susceptible de ser razonablemente encuadrada dentro del supuesto previsto en el art. 222, inc. 2° del Código de Procedimiento Penal de la Provincia de Buenos Aires -conforme al cual tramitara originariamente la presente (ley 26.052)-; sustancialmente análogo a la hipótesis contemplada en el art. 227 inc. 3° del Código Procesal Penal de la Nación.
Sobre el punto concretamente surge consignado en el acta en cuestión que cuando la comisión policial asignada a la ejecución del allanamiento ordenado contra la supuesta morada de D.F. había ya ingresado al edificio y se dirigía a pie por escalera a su departamento del primer piso, éste fue observado allí e inmediatamente dirigiéndose al piso superior, entrando a otra dependencia y cerrando la puerta tras de sí (fs.
1060 del ppal.). Recabados los testimonios de los cuatro funcionarios que integraban esa comitiva, todos ratificaron el contenido de dicha pieza (fs.
12/3, 14, 15/6 y 17/8) y, específicamente en lo que aquí interesa, el Fecha de firma: 24/09/2014 Firmado por: H.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.L.P., Prosecretaria Letrada de Cámara S.M.G.R. -quien había participado en las vigilancias encubiertas previas realizadas en la causa- y el Oficial Principal E.
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J., a cargo del operativo, han sido contestes y claros al...
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