Sentencia de Sala 2, 5 de Mayo de 2016, expediente CFP 002353/2009/2/CA001

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2016
EmisorSala 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 2353/2009/2/CA1 CCCF-Sala 2 CFP 2353/2009/2/CA1 “D. C., J.C.

s/procesamiento”

Juzgado Fed. 11-Sec. 21 Buenos Aires, 5 de mayo de 2016.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs.

10/4 por el Sr. Defensor Oficial, Dr. G.E.K., contra la resolución que luce en copia a fs. 1/8 mediante la cual el Sr. Juez de grado dispuso el procesamiento de su defendido J.C.D.C. por considerarlo autor penalmente responsable del delito previsto y reprimido por el artículo 296, en función del artículo 292, párrafo ambos del Código Penal y ordenó

trabar embargo sobre sus bienes por la suma de cinco mil pesos ($5.000)

(arts. 306, 310 y 518 del Código Procesal Penal de la Nación).

II- Este Tribunal comparte el temperamento al cual arribó el magistrado instructor, pues las diligencias practicadas respaldan el criterio incriminante adoptado.

Se encuentra acreditado que el imputado le vendió el motovehiculo, marca Honda, modelo C., dominio 5., al Sr. L.F.N.

haciéndole entrega del formulario 08 n° 13. y el certificado de habilitado orden n° 1., los cuales resultaron ser apócrifos (ver fs. 1, 19/25, 32/34, 37/42, 49/53 todas del ppal).

Sumado a ello, es importante resaltar las declaraciones del actual y anterior dueños del rodado, las cuales se condicen entre si. En efecto, el Sr. M.A.P. manifestó “…en el año que vendí la moto, se apareció un tipo en mi casa pidiéndome que le firme el 08 para poder hacer la transferencia, pero yo me negué porque cuando la vendí firme un 08…”. Por su parte, el Sr. N. dijo: “…que el Sr. De Caro le hizo entrega de toda la documentación de dicha moto:…el formulario 08 firmado por el vendedor y certificado con la firma y el sello del Cónsul…”.

Por el contrario, De Caro en su indagatoria declaró “…le aclare a N. que yo no tenía el 08, pero él lo quería a toda costa…yo llame en reiteradas Fecha de firma: 05/05/2016 Firmado por: H.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: N.A.P., S. de Camara #28223923#152667410#20160505122426964 oportunidades a G., pero nunca me lo dio…fui a una gestoría…esa persona me dijo que había ido dos o tres veces a buscar al titular de la moto….no lo encontró…después de unos meses…me entregó el 08…”.

Frente a ese escenario, puede...

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