D. 1482/11. Asignaciones familiares. Rangos, topes y montos

Páginas838-840
D. 1482/11. Asignaciones familiares. Ran-
gos, topes y montos (B.O. 27-9-11)
Considerando:
Que razones de justicia social ponen en
la órbita del Estado Nacional la respon-
sabilidad en la redistribución de la rique-
za debiendo impulsar medidas que estén
orientadas a proteger los intereses de la
sociedad.
Que es el Estado Nacional quien debe
implementar políticas públicas destinadas
a lograr equidad y solidaridad social que
acompañen el crecimiento de la economía
nacional y de esa manera favorecer a todos
los sectores.
Que el sistema de seguridad social es una
herramienta indispensable para la redistri-
bución de los recursos dando cobertura a
las contingencias sociales relacionadas a las
cargas de familia, protegiendo de esa manera
a los más necesitados.
Que el régimen de asignaciones familia-
res instituido por la ley Nº 24.714 posibilita
brin dar la cobert ura necesa ria a a quello s
benef‌iciarios con mayores cargas de familia,
tendiendo al desarrollo de una política demo-
gráf‌ica y educacional adecuada.
Que a raíz de las distintas políticas adop-
tadas por el Estado Nacional ha mejorado
progresivamente la situación económica en
términos generales y como consecuencia de
ello resulta posible y necesario incrementar
los valores de las asignaciones universales
por hijo, hijo con discapacidad y embarazo
para protección social, las asignaciones
familiares por hijo, hijo con discapacidad
y prenatal y elevar los rangos y topes de
remuneración establecidos en el citado
régimen.
Que por el art. 19 de la ley Nº 24.714 se
faculta al Poder Ejecutivo Nacional a determi-
nar la cuantía de las asignaciones familiares
en ella establecidas, de acuerdo al desarrollo
de la actividad económica, índice de costo
de vida o de variación salarial y situación
económica social de las distintas zonas, como
así también incrementar los rangos y topes
de las asignaciones familiares.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de
la Ad ministración Na cional de la Segu ridad
Social (ANSES) y la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social han tomado la
intervención que les compete.
Queda la presente medida se dicta en uso
de las atribuciones conferidas por el artículo
Por ello,
La Presidenta
de la Nación Argentina
decreta:
aR t í c u l o 1º — Los rangos, topes y montos
LEGISLACIÓN
De c r e t o s
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