Cultura jurídica y cultura política: la población rural de Buenos Aires en una época de transición (1780-1830)

AutorRaúl O. Fradkin
CargoUniversidad Nacional de Luján. Instituto Ravignani, Universidad de Buenos Aires
Páginas307-333

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Las relaciones de los campesinos con la política han sido un problema que ha ido ocupando un creciente interés en la historiografía del último medio siglo y constituye un núcleo en torno al cual se ha escrito un capítulo mayor de la historia latinoamericana. En este sentido, el clásico artículo con que Eric HOBSBAWM inaugurará el primer número The Journal of Peasants Studies en 1973 puede ser tomado como hito y como signo. Hito, porque de algún modo definió una agenda y un modo de pensar el problema para buena parte de los historiadores del campesinado que en él se inspiraron. Y signo, porque allí puede advertirse con plenitud la marca que las experiencias políticas de los campesinos latinoamericanos estaban teniendo en las elaboraciones que HOBSBAWM venía haciendo desde mediados de la década de 1950 y que forman uno de los pilares de lo que habría de llamarse la “historia desde abajo”.1 En aquelPage 308 artículo que sin riesgo a equivocarse puede definirse de programático, este exponente de la más renovadora historia social se topaba con una de las preocupaciones mayores (y que más polémicas había generado) de la tradición política de izquierda desde su conformación a mediados del siglo XIX: ésta es, las características y las modalidades de las intervenciones políticas del campesinado y, más específicamente, la naturaleza de su cultura política. A modo de ejemplo, en aquel célere texto HOBSBAWM definía: “Un problema crucial para la política de los campesinos tradicionales es la relación entre el microcosmos y el macrocosmos, pero no pueden resolver ese problema por sí mismos, pues su unidad de acción política es tanto (en la práctica) la región, como (conceptualmente) la raza humana: las habladurías de parroquia o el universo”2. Sin entrar a analizar aquí todas las implicancias historiográficas y políticas de esta afirmación, sí conviene destacar que expresaba un modo de pensar la cultura política campesina muy asociada a la idea de que estaría inevitablemente marcada por horizontes estrechos. Desde entonces, mucho es lo que se ha indagado acerca de las intervenciones políticas del campesinado y, más recientemente acerca de los componentes y las dinámicas de sus culturas políticas.3 Estos estudios, pese a toda su diversidad y divergencias, han abierto un universo de cuestiones que permitieron, primero, tematizar las culturas políticas campesinas como procesos históricos y, luego, constatar la enorme significación de las estructuras sociales campesinas como productoras de experiencias históricas y portadoras de culturas políticas resultantes (y conformadoras) de esas experiencias siempre en diálogo, tensión e imbricación con las culturas políticas dominantes.

Este ensayo se inspira en estos problemas abiertos por la historiografía pero, bueno es adelantarlo de antemano, está muy lejos de poder abordarlos. Contiene, tan sólo, una exploración, bastante preliminar por cierto, que pretende identificar algunos de los componentes de la cultura política de la población rural de Buenos Aires durante la transición del orden colonial a la consolidación del orden independiente. Se trata dePage 309 un universo campesino muy peculiar4 que además no contenía estructuras sociales como las señaladas. Y la cuestión será abordada sólo desde una de las facetas que permiten comenzar a indagarla: se tratará de explorar las posibles vinculaciones entre las experiencias que la población rural realizaba a través de la justicia (y de los saberes y nociones que de esa experiencia resultaban) y los componentes de su cultura política. Para esta indagación recurriremos a las causas judiciales entabladas entre 1780 y 1830 que se tramitaron ante la justicia capitular hasta 1821 y después ante los Juzgados de Primera Instancia5. A partir de las evidencias que suministran estas fuentes, nuestro propósito es analizar los argumentos y las estrategias desplegados por la población rural de Buenos Aires en defensa de sus derechos tratando de esbozar un mapa preliminar de las nociones que podían conformar su “cultura política”6.

Aunque conocidos, conviene recordar algunos rasgos del contexto de producción de estas fuentes. Durante este medio siglo se produjeron importantes transformaciones en la estructura del sistema judicial y se operó su implantación efectiva en el mundo rural. Esta ampliación, plena de obstáculos y dificultades, fue parte sustancial de los esfuerzos desplegados para la construcción del estado provincial. De este modo, la construcción de un orden institucional en el mundo rural y la ampliación del alcance efectivo del sistema judicial7 se produjeron al mismo tiempo que se operaban otras decisivas mutaciones. Por un lado, una transformación de la estructura agraria que sustentada en un persistente crecimiento demográfico y territorial convertía a los bienes pecuarios bonaerenses en los principales productos de exportación y empujabaPage 310 su valorización. Por otro, una creciente politización y conflictividad de la vida social rural que incluía la diseminación de nuevas nociones jurídicas y políticas.

Pese a tratarse de un conglomerado heterogéneo y móvil, la población rural bonaerense parece haber compartido algunos rasgos culturales significativos8. A su vez, esta población rural se mantuvo a lo largo de todo el período en una situación de subordinación institucional frente al mundo urbano, aún después de los cambios que se operaron tras la crisis de 1820 en la configuración del nuevo estado provincial9. Dentro de ese conglomerado social se destacaban los vecinos y, entre ellos, los que podrían ser identificados como los “notables”, generalmente afincados en los pueblos. Ambas categorías, más sociales que jurídicas, no eran idénticas ante todo por la notable ampliación que se produjo en la noción de vecindad y por el ambiguo y limitado estatuto de estos pueblos de campaña.10 Por otra parte, no toda la población rural libre puede ser incluida entre los vecinos y, pese a las difusas y disputadas fronteras de esta categoría, no puede dejar de destacarse que existía una amplia mayoría a la que podemos designar como el común de los paisanos.

Llamaremos “cultura jurídica” al conjunto de saberes y nociones que los habitantes de la campaña disponían acerca de la ley, sus derechos, los procedimientos judiciales y las actitudes que frente a las autoridades era conveniente adoptar. Nuestra hipótesis es que dicha “cultura jurídica” puede haber conformado un núcleo central de la “cultura política” en la medida que informaba las concepciones que sobre el poder, la autoridad y las relaciones sociales tenían los paisanos. No se trataba, por cierto, de un saber erudito o doctrinario sino de uno construido a partir de múltiples experiencias y de la apropiación de los discursos elitistas. Se trataba de un tipo de conciencia prácticaPage 311 que emergía de las experiencias y las rutinas sociales y que incluía alguna forma de recepción y apropiación de saberes producidos en los ámbitos de la cultura letrada11. Denominar “cultura jurídica” a ese conjunto fragmentario y difuso de nociones incorporadas a través de múltiples formas y experiencias quizás sea exagerado pero, por ahora, puede ser aceptado provisionalmente. A su vez, entendemos la “cultura política” como un conjunto diverso de símbolos, prácticas, relatos, nociones y visiones del mundo social que los sujetos combinan en distintas configuraciones y que emplean para definir estrategias de acción frente a desafíos específicos. Nos alejamos así de una visión que postule el imperio de una única cultura política para tratar de indagar la posible coexistencia de diversas “culturas” dejando abierta la posibilidad de que esta diversidad pudiera estar expresando la vigencia de diferentes tradiciones culturales y, sobre todo, de múltiples y diversos usos de las mismas herramientas culturales12.

En rigor, de la “cultura política” de los paisanos en este período es muy poco lo que se sabe. No se trata de una carencia menor en la medida que existe consenso en afirmar que la crisis del orden colonial abrió una intensa movilización política de la población rural que tuvo decisiva influencia en la resolución de las crisis de 1820 y 1828. Hoy están claros algunos de los mecanismos que hicieron posible esta politización; señalemos, al menos, tres: la militarización creciente13, las prácticas electorales que ampliaron la “frontera política” —para emplear la feliz expresión de Marcela TERNAVASIO—14 y las celebraciones colectivas15.

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En los registros documentales de la experiencia de la sociedad rural frente a la justicia es posible encontrar manifestaciones de los cambios que se estaban operando en la esfera política y detectar algunos indicios acerca del impacto de las nuevas nociones y sus articulaciones con recursos culturales de mayor tradición y arraigo. Además, para los paisanos, justicia y política eran términos inseparables en la medida de que la justicia era el modo en que se ejercía y se construía el poder político al nivel local. En consecuencia, las elecciones estaban muy lejos de agotar la esfera política. Por el contrario, mientras ellas permitían resolver (y sólo hasta cierto punto) las disputas de la elite provincial, estaban lejos de construir una representación de la sociedad rural en el sistema político. En cada partido no era mediante las elecciones que se resolvía el acceso o la distribución del poder político. El poder político era ejercido por los jueces de paz cuya designación no derivaba de las elecciones aunque no dejaban de estar constreñidos por fuertes restricciones sociales en el ejercicio de sus funciones.

Sin duda, esta cultura política estaba muy lejos de ser una construcción autónoma y es posible pensar en toda una gama de interacciones a través de las cuales los paisanos fueron configurando sus nociones. Un listado tentativo no...

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