Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 27 de Abril de 2017, expediente CNT 045928/2012/CA001 - CA002 - ...

Fecha de Resolución27 de Abril de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 45928/2012/CA1-CA2 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 35156 AUTOS: “C.G.A.A. c/ ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO INTERACCION S.A. s/ ACCIDENTE – ACCION CIVIL”

(JUZGADO Nº 65).

Buenos Aires, 27 de abril de 2.017.

VISTOS:

Los recursos de apelación interpuestos por la parte demandada en el acta homologatoria de fs. 196/197 contra los honorarios fijados a los perito intervinientes, por elevados (concedido en la misma foja) y a fs. 298 por el perito contador, a fs. 300 por la perito médica y a fs. 302 la perito psicóloga, todos por considerar reducidos los honorarios fijados a favor de ellos (concedidos a fs. 346 y a fs. 349, respectivamente).

Y CONSIDERANDO:

1) Respecto a los honorarios regulados al perito contador, si bien el art.

  1. , inc. b) del dec-ley 16638/57 dispone: “Se considerará monto del juicio la cantidad fijada por la sentencia o en la transacción. Cuando no alcance al setenta y cinco por ciento (75%) del valor reclamado en la demanda o reconvención, o una u otra sean rechazadas, el juez, en ejercicio de las facultades conferidas por el apartado g) de este mismo artículo, podrá fijar los honorarios del perito en función de un por ciento mayor al que corresponda según la cantidad establecida por la sentencia”.

Cabe sostener como principio que los arts. 3, a), b) y g) del dec.-ley 16.638/57 y 13 de la ley 24.432, configuran un bloque normativo con determinación de pautas para fijar los honorarios que debe ser analizado y ponderado en conjunto al momento de efectuar las pertinentes regulaciones. La escala dispuesta en el art. 3°, inc.

  1. configura una pauta general, una directriz, que permite verificar en cada caso concreto el grado de razonabilidad del resultado de la regulación.

Teniendo en cuenta los criterios expuestos, así como también que el monto reclamado ($ 432.696 –fs. 16vta.), el monto del acuerdo ($ 200.000 –fs. 296) y la calidad de las tareas realizadas por el perito contador (fs. 103/106, 186/187.); los honorarios regulados al perito contador son adecuados y se confirman.

2) Igual suerte correrán los honorarios de la perita médica, pues en base a los...

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