Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 15 de Septiembre de 2023, expediente CNT 005949/2021/CA001

Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA

EXPEDIENTE Nº CNT 5949/2021/CA1 SALA IX JUZGADO Nº 21

AUTOS: “CRIVELERO, S.B. c/ ARGENTINA SPECIALITY COFFEE

S.A. Y OTRO s/DESPIDO”

En la ciudad de Buenos Aires, en la fecha que figura al pie de la presente.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en fecha 12/12/2022 (fs. 175/179) por considerar elevados los honorarios regulados a la perito contador en idéntica fecha y fojas.

Y CONSIDERANDO:

Que, analizadas las constancias de autos, cabe destacar que, atendiendo a la importancia, complejidad, extensión,

mérito, y calidad de las tareas llevadas a cabo, lo normado por el art. 38 de la L.O., el art. 1.255 del C.C.C.N. y por los arts. 16, 21, 58 y ss. de la ley 27.423, a criterio de esta alzada los honorarios regulados al perito contador lucen elevados, razón por la cual corresponde que sean reducidos a 8 UMA, que a la fecha del presente pronunciamiento representan la cantidad de $ 154.704.- (PESOS CIENTO

CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUATRO).

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Reducir los honorarios regulados al perito contador en la forma establecida en el considerando precedente; 2) H. saber a las partes y peritos que rige lo dispuesto por la Ley 26.685

y Ac. C.S.J.N Nro. 38/13. 11/14 y Nro. 3/15 a los fines de notificaciones, traslados y presentaciones que se efectúen.

Regístrese, notifíquese y oportunamente, devuélvase.

Á.E.B.M.S.F. JUEZ DE CAMARA JUEZ DE CAMARA

Ante mí

E.E.

Fecha de firma: 15/09/2023

Alta en sistema: 18/09/2023

Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.F.M., SECRETARIO DE CAMARA

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