Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 14 de Noviembre de 2023, expediente COM 035984/2015/CA001
Fecha de Resolución | 14 de Noviembre de 2023 |
Emisor | Camara Comercial - Sala A |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 35984 / 2015
CREDI-FULL S.A. c/ CANDIA, C.A. s/EJECUTIVO
Buenos Aires, 13 de noviembre de 2023.-
Y VISTOS:
Conforme el monto comprometido en la presente litis, calculado a la fecha de la resolución de primera instancia que fija los estipendios, atento las etapas efectivamente cumplidas, vistos los alcances de los recursos interpuestos, y meritando la labor profesional desarrollada por su eficacia, extensión y calidad, se elevan a diez mil pesos, y a veinte mil pesos –equivalentes a 1,33 UMA, conforme al valor vigente en la fecha de la regulación en primera instancia- los honorarios regulados en fecha 15.06.23 a favor de la doctora S.M.G.A.. Asimismo, se elevan a cinco mil pesos –equivalentes a 0,33 UMA, conforme al valor vigente en la fecha de la regulación en primera instancia- los estipendios establecidos a favor de la doctora B.M.A. (cnfr. arg. CSJN, “Establecimiento Las Marías SACIFA c/
Misiones, Provincia de s/ acción declarativa” del 04.09.18; arts. 6, 7, 9, 19, 37 y 40 de la ley 21.839, modif. por la ley 24.432; y arts. 16, 20, 21, 24, 29, 34 y 51 de la Ley 27.423).
Notifíquese la presente resolución a las partes y a las beneficiarias.
Oportunamente devuélvanse virtualmente las actuaciones a la instancia anterior. El doctor A.A.K.F. no interviene en la presente resolución por encontrarse en uso de licencia (art. 109, Reglamento para la Justicia Nacional).
A fin de cumplir con la publicidad prevista por el art. 1 de la ley 25.865, según el Punto I.3 del Protocolo anexado a la Acordada 24/13 CSJN, hágase saber a las partes que la publicidad de la sentencia dada en autos se efectuará mediante la pertinente notificación al CIJ.
MARÍA ELSA UZAL
HÉCTOR OSVALDO CHOMER
VALERIA C. PEREYRA
Prosecretaria de Cámara Fecha de firma: 14/11/2023
Firmado por: H.O.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: V.C.P., Prosecretaria de Cámara #27841394#391620806#20231113122120616
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