Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 10 de Diciembre de 2019, expediente CAF 076084/2014/CA001

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 76084/2014 COVICO SA c/ EN-DNV s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO Buenos Aires, de diciembre de 2019.-MIV VISTO:

La apelación de la parte actora a fojas 250, fundado a fojas 252/254, contra la resolución de fojas 227/228 y la apelación en subsidio de la parte demandada a fojas 264/266, contra la providencia de fojas 263.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 227/228, la jueza de primera instancia decidió

    hacer lugar al pedido de caducidad interpuesto por la parte demandada y en consecuencia, declaró perimida la instancia (art 310, inc. 1º, CPCCN).

    Para llegar a esa conclusión, la jueza a quo entendió que, de manera manifiesta y tal como lo había denunciado la parte demandada, se configuró la caducidad de instancia en dos ocasiones durante el proceso.

    La primera de ellas, ocurrió desde el auto que tuvo por recibido el oficio de contestación de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) -el 02/03/2016, a fojas 173-, hasta el pedido de libramiento de un nuevo oficio -el 24/05/2017, a fojas 174-; y la segunda ocasión ocurrió

    desde la presentación del nuevo letrado de la parte actora -el 31/07/2017, a fojas 183/188- hasta la solicitud de oficio reiteratorio por dicha parte -el 30/07/2018, a fojas 190-.

  2. Que contra esa decisión, a fojas 250 la parte actora interpuso recurso de apelación, el cual fue fundado a fojas 252/254.

    En su presentación, sostiene que la resolución de grado incurre en un exceso de rigor formal al declarar la caducidad sin ponderar las justificaciones a su respecto. En tal sentido, afirma que la inactividad procesal radicó en la demora para la localización, confirmación y correcta individualización -mediante compulsas extra-procesales- de los voluminosos datos que fueron requeridos por la DNV en la contestación Fecha de firma: 10/12/2019 Alta en sistema: 12/12/2019 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA #24569222#251844319#20191206121234837 de oficio. A su vez, menciona que tras el cambio de letrado, este último requirió extracción de copias a los efectos de tomar la debida intervención en autos y ejercer los derechos de defensa en juicio, acto que según ella, da impulso al proceso.

    Concluye mencionando que la perención de la instancia es un instituto que reposa en la presunción de renuncia del proceso, y que en ese sentido ninguna presunción análoga resulta posible en cuanto surge que ha impulsado bajo su costo, el...

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