Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 15 de Marzo de 2011, expediente 53.934/10

Fecha de Resolución15 de Marzo de 2011

Causa: “CORONEL, E.R. s/ infracción a la Ley 23.737

Expte. N° 53.934/10 (N° de origen 5240/010)

JUZGADO FEDERAL DE SANTIAGO DEL

ESTERO

Poder Judicial de la Nación Año del B.M. DE TUCUMÁN, 15 de Marzo de 2011.

AUTOS Y VISTO: el recurso de apelación interpuesto a fs.

110/111; y CONSIDERANDO:

Que la resolución de fecha 07 de julio de 2010 (fs. 102/103 vta.)

ordenó el procesamiento con prisión preventiva de ESTEBAN RODOLFO

CORONEL, como presunto autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización -previsto y penado por el art. 5° inc. c) de la ley 23.737- y trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de $ 20.000.

Que contra la misma la defensa del imputado interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio.

Concedido el recurso de apelación, la Defensora Oficial expresó agravios a fs.

134/137.

Atacó la sentencia por cuanto entiende que no surgen de la causa elementos para considerar a su defendido presunto autor del delito investigado y porque no se comprobó la existencia de dolo en su actuar.

Advirtió asimismo que no consta la realización de la pericia química sobre el material secuestrado.

En consecuencia, solicitó se dicte la falta de mérito de su defendido,

o en su defecto, se califique su conducta como tenencia simple de estupefacientes.

Previo a resolver, cabe señalar que la presente causa tuvo inicio en una denuncia realizada por una persona domiciliada en el barrio 8 de Abril de la ciudad de Santiago del Estero, quien puso en conocimiento de personal policial que personas conocidas como “Digui”, domiciliado en calle F.O. y V.S. y M., con domicilio en calle Laprida y Buenos Aires, se dedicarían a la comercialización de estupefacientes.

En efecto, se procedieron a realizar tareas investigativas en los domicilios señalados.

Así, y por medio de averiguaciones se logró ubicar el inmueble de “digui”, de acuerdo a lo descripto en la denuncia, constatándose la entrada y salida de personas, principalmente jóvenes, que llegaban al mismo y luego de entablar breves conversaciones con los moradores intercambiaban pequeños objetos y se retiraban rápidamente.

En consecuencia, el J. a-quo ordenó el allanamiento del domicilio. Surgiendo que el inmueble se encontraba habitado por E.R.C. (a) Digui, por G. delC.C., y dos hijos menores (acta de fs. 02/04).

Al practicarse la requisa se secuestraron de una de las habitaciones $100 y cinco celulares, de otra habitación $446, en billetes de baja denominación y de la...

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