Contratación Directa Nº 09/2017

Fecha de disposición02 Marzo 2018
Fecha de publicación02 Marzo 2018
SecciónAdjudicaciones

POLICÍA FEDERAL ARGENTINA -

SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN -

DIVISIÓN CONTRATACIONES

CONTRATACIÓN DIRECTA POR ADJUDICACIÓN SIMPLE POR EXCLUSIVIDAD N° 09/2017 - Ejercicio: 2018

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: "LOCACIÓN DE UN (01) INMUEBLE SEDE DE LA DIVISIÓN ANTIDROGAS SAN RAMON DE LA NUEVA ORÁN, DE LA DIRECCIÓN GENERAL ANTIDROGAS INTERIOR, DE LA SUPERINTENDENCIA DE DROGAS PELIGROSAS".

Clase: SIN CALSE Modalidad: SIN MODALIDAD Expediente N°: 671-01-002.065/2016 INFORME I.- Viene a consideración y dictamen de esta UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES el expediente en vista, originado en la tramitación de la Contratación Directa, por Adjudicación Simple, Por Exclusividad N° 09/17, sustanciada para la "Locación de UN (1) inmueble sede de la División ANTIDROGAS SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, de la Dirección General ANTIDROGAS INTERIOR, de la Superintendencia de DROGAS PELIGROSAS, solicitada por la División ANTIDROGAS SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN. II.- Del acta de apertura de ofertas surge que se ha recibido UN (1) sobre cerrado perteneciente al oferente Mario Orlando ASSEFH, con su respectiva oferta económica. III. La División ARQUITECTURA Y CONTRALOR TÉCNICO BANCARIO confeccionó un informe técnico a los efectos de evaluar si la propuesta de la firma oferente se adecua a los requisitos establecidos en el pliego licitario, arribando a la siguiente conclusión: Sr. MARIO ORLANDO ASSEFH: El inmueble cuenta con las características señaladas por lo que se ajusta a los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones. IV.- Con relación a la evaluación de la oferta recibida, de la documentación obrante en autos se desprende que el Oferente cumplimentó con lo solicitado. V.- Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN mediante Nota N° 3.145 de fecha 27 de julio del corriente año, informó un valor mensual de PESOS DOCE MIL DOSCIENTOS($ 12.200). VI.- Que en virtud del precio ofertado por el propietario y el monto determinado por el Tribunal, esta Unidad Operativa de Contrataciones considera que debería estarse a lo dispuesto en el artículo 86 de la Disposición N° 62-E/2016, en cuanto a que la oferta del locador no debe ser superior al VEINTE POR CIENTO (20%) a los valores de mercado, cosa que no ocurre en la presente contratación, por lo que correspondería la prosecución...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR