Algunas consideraciones sobre la condena a muerte de Camila O`Gorman

AutorSandro Olaza Pallero
Páginas142-147
IUSHISTORIA -Investigaciones- 4 – AÑO 4 - 2011
EDICIONES UNIVERSIDAD DEL SALVADOR - ISSN 1852-6225
e-mail: iushistoria@usal.edu.ar
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ARGENTINA
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ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LA CONDENA
A MUERTE DE CAMILA O´GORMAN 1
SOME THOUGHTS ON THE DEATH SENTENCE OF CAMILA O´GORMAN
SANDRO OLAZA PALLERO
Introducción
El 12 de diciembre de 1847, Camila O´Gorman, de diecinueve años, y Ladislao
Gutiérrez, párroco del Socorro, se habían fugado de Buenos Aires para vivir juntos. Con
los supuestos nombres de Máximo Brandier y Valentina San se establecieron en Goya,
donde fundaron una escuela y juntaron medios para emigrar a Brasil.
Cuando la fuga se hizo pública, el padre de Camila y las autoridades del Obispado
porteño, fueron los primeros en denunciar el hecho y clasificarlo con los términos más
duros. El Provisor Felipe Elortondo y Palacios dirigió una carta al gobernador Juan
Manuel de Rosas donde le relataba los pormenores de la fuga de los amantes y se
eximía de responsabilidad:
Desde que [Gutiérrez] fue al Socorro, ambos hemos vivido a mucha distancia.
Cuando tuvo lugar su fuga habían corrido cuatro meses de la más absoluta
incomunicación. En todo este tiempo ni una sola vez vino a mi casa2.
El gobernador Juan Manuel de Rosas remitió circulares a los gobiernos provinciales y
otras autoridades con la filiación de los prófugos “tratándoles de reos criminales, para
que en donde fuesen conocidos los prendieran y remitieran asegurados a esta ciudad”.
Capturados ocho meses después, fueron remitidos a Buenos Aires.
Por influencia de Manuelita Rosas, amiga de Camila, se les había preparado una morada
decorosa y cómoda, a él en la cárcel del cabildo y a ella en la Casa de Ejercicios. La
pareja arribó a Santos Lugares el 15 de agosto de 1848 y Antonino Reyes destacó que
Camila le expuso con franqueza los detalles de la fuga, y cómo le dio a entender
Ladislao que “abrazaba la carrera eclesiástica por necesidad, no por vocación ni
inclinación”.
El propio padre de la joven y el obispo pidieron a Rosas que aplicara un castigo
ejemplar como reparación. A esos factores se habría sumado la presión ejercida por el
1 Trabajo presentado en el Primer Encuentro del Capítulo Argentino y Jornada Preparatoria del III
Encuentro del Instituto Latinoamericano de Historia del Derecho, organizado por la Universidad del
Salvador, Buenos Aires, 12 de agosto de 2011.
2 Carta de Elortondo y Palacios a Rosas, Buenos Aires, 22-I-1848, citada en BILBAO, Manuel,
Vindicación y memorias de Don Antonino Reyes arregladas y redactadas por Manuel Bilbao (1883), ed.
facs., Buenos Aires, Editorial Freeland, 1974, pp. 348-353. SALDÍAS, Adolfo, Historia de la
Confederación Argentina. Rozas y su época, Buenos Aires, Librería “La Facultad” de Juan Roldán, 1911,
V, pp. 368-372.

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