Comunicados y avisos del día 07/04/2008

Fecha de la disposición 7 de Abril de 2008

DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA

DISPOSICIÓN N° 22 - DGTES/08

Se aprueba procedimiento para descargar recaudaciones del Sistema de Gestión de Cobranzas (SIGEC). Se deja sin efecto la Disposición N° 3-DGTES/08

Buenos Aires, 18 de marzo de 2008.

Visto la Disposición N° 3-DGTES/08, y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada disposición estableció un procedimiento especial de registro de las recaudaciones retenidas en el libro de novedades, para facilitar su control por los distintos participantes en el proceso;

Que dicho mecanismo fue provisorio hasta tanto se efectúe una adecuación al Sistema de Cobranzas (SIGEC) que lo contemple;

Que concluido dicho desarrollo, se debe proceder a actualizar y aprobar el nuevo procedimiento que unifique el tratamiento para el retiro y depósito de las recaudaciones;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE TESORERÍA

DISPONE:

Artículo 1°

Apruébase el procedimiento para descargar recaudaciones del Sistema de Gestión de Cobranzas (SIGEC) que se describe en el Anexo I y que forma parte de la presente.

Artículo 2°

El señor Jefe del Departamento Ingresos deberá verificar diariamente el cumplimiento del mismo por parte de los cajeros y recaudadores.

Artículo 3°

Déjase sin efecto la Disposición N° 3-DGTES/08 a partir de la vigencia de la presente.

Artículo 4°

Los fiscalizadores dependientes de la Dirección de Planificación y Ejecución Financiera extraerán del SIGEC la información de las recaudaciones retenidas por el/los cajero/s de la caja a auditar, exigiéndoles las mismas para realizar su arqueo juntamente con la recaudación del día. Dejarán constancia de los resultados en los formularios respectivos indicando expresamente, de existir, las diferencias de recaudaciones retenidas con las registradas en el SIGEC.

Artículo 5°

La presente tendrá vigencia desde el 1° de abril de 2008.

Artículo 6°

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, y pase para notificación de todo el personal del Departamento Ingresos y fiscalizadores y comunicación de la Dirección de Planificación y Ejecución Financiera y Departamento Administrativo, Legal y Técnico dependientes de esta Dirección General, cumplido archívese. Messineo.

ANEXO I Artículos 1 a 6

Imagen

CA 181

Inicia: 1º-4-2008 Vence: 7-4-2008

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

DISPOSICIÓN N° 4 - DGMGEyA/08

Se incorpora actuación al Nuevo SUME

Buenos Aires, 26 de marzo de 2008.

Visto los Decretos N° 2.006/03 y N° 1.890/01,

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 2.006/03 en su artículo 1° se aprobó el sistema informático identificado como Nuevo SUME (Sistema Único de Mesa de Entradas), como sistema integrado de caratulación y registración de movimientos de actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que en su artículo 7° dispone que la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo es la Administradora Central del Sistema Nuevo SUME y le compete administrar en forma integral el mismo;

Que por el Decreto N° 1.890/01 en el artículo 1° se dispone que en todo expediente que deba ser remitido fuera de la órbita de la administración centralizada o descentralizada del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe tomar intervención la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Que en el artículo 2° del mismo dispone que previamente a la remisión de la documentación mencionada en el artículo precedente, la totalidad de ésta debe ser digitalizada por la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo e incorporada al Sistema de Microfilmación y Digitalización del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y en el artículo 3° establece que la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo debe girar a la dependencia competente las copias certificadas del expediente para la prosecución del trámite;

Que, deviene necesario establecer un nuevo código de actuación a efectos de considerar la digitalización de las actuaciones a agregar de los expedientes considerados por el Decreto N° 1.890/01 para su registración;

Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL

DE MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

DISPONE:

Artículo 1°

Incorpórese en el sistema integrado de caratulación y registración de movimientos de actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Nuevo SUME, un nuevo tipo de actuación cuya identificación se describe:

Código: PD

Descripción: Presentación a agregar digitalizada

Año y número: Idénticos a los del expediente al cual relaciona

Sigla: MGEYA

Secuencia: Correlativa

Esta actuación tiene origen en MGEYA, y se ingresa al sistema desde la pantalla de pases, con la característica de agregarse a otras actuaciones.

Artículo 2°

Regístrese. Publíquese en Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por 5 días. Cumplido, archívese. Maldonado.

CA 186

Inicia: 3-4-2008 Vence: 8-4-2008

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Convocatoria a audiencia pública

Conforme arts. 45, inc. b), y 46 de la Ley Nº 6.

La Presidenta de la Legislatura, Gabriela Michetti, convoca a la siguiente audiencia pública:

Fecha: 7 de mayo de 2008.

Lugar: en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

11 horas.

Ley de Aprobación Inicial publicada en el B.O.C.B.A. Nº 2834 del 18 de diciembre de 2007.

Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la ley por la cual otórgase por el término de cinco (5) años al Centro de Jubilados, Pensionados y Adherentes "La Casa del Jubilado", inscripta en la Inspección General de Justicia mediante Resolución N° 335/98, en el Registro Nacional de Entidades de Jubilados y Pensionados de la República Argentina bajo el N° 01-001-001-673,

y en el Registro de Organizaciones de Acción Comunitaria -ROAC- con número 815/06, el uso precario y gratuito del predio ubicado en la calle Besares 3933, partida 0357645. El centro de jubilados y pensionados debe destinar el inmueble para el desarrollo de sus actividades específicas. No podrá, bajo ningún concepto, modificar ese destino, ni ceder ni alquilar ni transferir total o parcialmente los derechos otorgados por esta cesión, siendo esto causal suficiente para la revocación de estos derechos y el Gobierno de la Ciudad podrá exigir la restitución inmediata del inmueble.

Apertura del registro de participantes de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR