Decreto N° 1890/01

Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Noviembre de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1890/ 01

DISPONESE PROCEDIMIENTO PARA LOS EXPEDIENTES QUE DEBAN SER REMITIDOS FUERA DE LA ORBITA DEL PODER EJECUTIVO DE LA C.A.B.A. ASIGNANSE FACULTADES A LA SUBSECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA DEL G.C.A.B.A. DIGITALIZACIÓN-DOCUMENTACIÓN

Buenos Aires, 22/11/2001

DISPONESE PROCEDIMIENTO PARA LOS EXPEDIENTES QUE DEBAN SER REMITIDOS FUERA DE LA ORBITA DEL PODER EJECUTIVO DE LA C.A.B.A. ASIGNANSE FACULTADES A LA SUBSECRETARIA LEGAL Y TECNICA DEL G.C.A.B.A.

Visto los Decretos Nros. 23/GCBA/2001 y 654/GCBA/01, y;

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 654/GCBA/2001 se estableció la responsabilidad primaria de las distintas Direcciones Generales;

Que, la Dirección General de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene entre sus responsabilidades primarias la de Organizar la recepción, giro, y seguimiento de los trámites presentados ante la administración centralizada del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.;

Que, para poder cumplir eficientemente con sus objetivos resulta necesario que todas aquellas actuaciones que se remitan a los distintos organismos que no integren la administración centralizada o descentralizada del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sean tramitados a través de la citada Dirección General;

Que, el Decreto N° 23/GCBA/2001 autoriza a la Dirección General Mesa General de Entradas Salidas y Archivo a certificar las copias de los microfilmes existentes, así como de aquellos que se encuentren en soporte electrónico y óptico indeleble, obtenidos utilizando medios de memorización y/o reproducción de datos cuya tecnología conlleve la modificación irreversible del estado físico del soporte a utilizar y que garanticen su estabilidad, perdurabilidad, inmutabilidad e inalterabilidad, asegurando la fidelidad, uniformidad e integridad de la información;

Que, atento lo mencionado en el párrafo precedente y con el objetivo de evitar la paralización del trámite administrativo cuando los expedientes deban ser remitidos a otros órganos de gobierno, es necesario que las actuaciones continúen con copias certificadas emitidas por la Dirección General Mesa General de Entradas Salidas y Archivo;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104...

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