Comunicación \. Ref.: Circular LISOL 1 - 686. Capitales mínimos de las entidades financieras. Exposición a gobiernos y bancos centrales. Ponderadores de riesgo. Aclaración normativa.

Fecha de disposición18 Agosto 2016
Fecha de publicación18 Agosto 2016
SecciónAvisos Oficiales

Comunicación "A" 6024/2016

Ref.: Circular LISOL 1 - 686. Capitales mínimos de las entidades financieras. Exposición a gobiernos y bancos centrales. Ponderadores de riesgo. Aclaración normativa.

26/07/2016

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. a fin de aclararles que, en relación con el ponderador de riesgo a aplicar a las exposiciones al sector público no financiero por financiaciones otorgadas a beneficiarios de la seguridad social o a empleados públicos (punto 4.2.3.), se deben computar las cuotas de todas las financiaciones otorgadas al cliente por la entidad que hayan sido desembolsadas y cuenten con un sistema de amortización periódica, independientemente del tipo de línea de que se trate.

Asimismo, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia.

Por último, se recuerda que en la página...

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