Comunicación \.

EmisorBanco Central de la Republica Argentina
Fecha de la disposición21 de Febrero de 2019

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación "A" 6397/2017

15/12/2017

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular RUNOR 1 \u2013 1355, LISOL 1 - 769. Lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras. Tratamiento del riesgo de tasa de interés en la cartera de inversión. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:

"1. Sustituir, con vigencia a partir del 1.7.18, la Sección 5. de las normas sobre "Lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras" por el texto que se acompaña en Anexo a la presente comunicación.

  1. Incorporar, con vigencia a partir del 1.7.18, como punto 1.3.2.1. de las normas sobre "Lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras", lo siguiente:

"1.3.2.1. Riesgo de tasa de interés en la cartera de inversión (RTICI).

La suficiencia del capital para la cobertura del RTICI debe estar específicamente considerada en el ICAAP aprobado por el Directorio, en línea con su apetito por ese riesgo.

La contribución del RTICI a la estimación interna de la necesidad de capital se debe basar en la información que proveen las metodologías de medición de ese riesgo, los supuestos fundamentales y los límites a los riesgos propios de cada entidad. El nivel de capital debe ser suficiente tanto si se considera el nivel de riesgo actual, incluido el RTICI, como el apetito por el riesgo, lo cual debe estar debidamente documentado en el reporte sobre el ICAAP.

Es responsabilidad de las entidades financieras garantizar la suficiencia de su capital, incluso respecto del RTICI y sus riesgos relacionados. La evaluación de la suficiencia del capital no puede basarse exclusivamente en el Marco Estandarizado descripto en el punto 5.4., sino que las entidades deben desarrollar sus propias metodologías para la asignación de capital \u2013proporcionales a la complejidad de sus operaciones\u2013 que tomen en cuenta su perfil y apetito por el riesgo.

A los efectos de determinar el nivel de capital adecuado para cubrir el RTICI, se debe tener en cuenta tanto la cantidad como la calidad del capital necesario. Como mínimo, se debe considerar el efecto del RTICI en el valor económico de la entidad \u2013dado que ese riesgo está implícito en sus activos, pasivos y partidas fuera de balance\u2013 y en sus resultados futuros. En este último caso, las entidades deberán considerar la incidencia en los...

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