Comunicación \.

Fecha de disposición04 Enero 2019
Fecha de publicación04 Enero 2019
SecciónAvisos Oficiales

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación "A" 6342/2017

13/10/2017

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular RUNOR 1 - 1326. Servicios complementarios de la actividad financiera y actividades permitidas. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

"1. Sustituir el segundo párrafo del punto 2.1. de las normas sobre "Servicios complementarios de la actividad financiera y actividades permitidas" por lo siguiente:

"De tratarse de participación en el capital de empresas cuyo objeto sea el desarrollo de las actividades enumeradas en los puntos 2.2.6., 2.2.8., 2.2.19. a 2.2.21., como paso previo la entidad financiera deberá recalcular su última posición cerrada de capitales mínimos a efectos de constatar que, considerando esa incorporación, no presente un defecto de integración, tanto a nivel individual como consolidado."

  1. Sustituir el punto 2.2.12. de las normas sobre "Servicios complementarios de la actividad financiera y actividades permitidas" por lo siguiente:

"2.2.12. Asesoramiento en materia financiera y de inversiones (incluyendo las funciones de agente asesor de mercado de capitales y de agente asesor global de inversión), y para fusiones y/o adquisiciones de empresas, siempre que no implique administración o gestión empresaria. No podrá otorgar préstamos."

Por último, les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas...

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