Comunicación \.

Fecha de disposición06 Junio 2018
Fecha de publicación06 Junio 2018
SecciónAvisos Oficiales

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación "A" 6507/2018

10/05/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular LISOL 1 - 796. Posición global neta de moneda extranjera. Adecuación.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:

"1. Sustituir el punto 2.1. y el primer párrafo del punto 2.2. de las normas sobre "Posición global neta de moneda extranjera" por los siguientes:

2.1. Posición global neta negativa de moneda extranjera.

Esta posición \u2013en promedio mensual de saldos diarios convertidos a pesos al tipo de cambio de referencia del cierre del mes anterior al de cómputo de esta relación\u2013 no podrá superar el 30 % de la responsabilidad patrimonial computable (RPC) del mes anterior al que corresponda.

2.2. Posición global neta positiva de moneda extranjera.

"Esta posición diaria \u2013saldo diario convertido a pesos al tipo de cambio de referencia del cierre del mes anterior al de cómputo de esta relación\u2013 no podrá superar el 10 % de la RPC o los recursos propios líquidos, ambos del mes anterior al que corresponda, lo que sea menor."

  1. Incorporar como tercer párrafo del punto 4.1. de las normas sobre "Posición global neta de moneda extranjera" lo siguiente:

    "La posición en Letras del Tesoro Nacional en dólares estadounidenses deberá computarse en pesos al tipo de cambio de referencia del cierre del mes anterior al de cómputo de esta relación."

  2. Establecer que estas disposiciones deberán ser implementadas por las entidades financieras a más tardar el...

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