Comunicación \.

Fecha de disposición04 Junio 2018
Fecha de publicación04 Junio 2018
SecciónAvisos Oficiales

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación "A" 6479/2018

28/03/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA, A LOS FONDOS DE GARANTÍA DE CARÁCTER PÚBLICO:

Ref.: Circular CONAU 1 \u2013 1279. Régimen informativo para SGR y Fondos de garantía de carácter público. Comunicación "A" 6298 - Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las adecuaciones al régimen informativo a ser cumplimentado por las sociedades de garantía recíproca y los fondos de garantía de carácter público inscriptos ante esta Institución, como consecuencia de las disposiciones difundidas a través de la Comunicación "A" 6383, las cuales tienen vigencia a partir del trimestre finalizado el 31.03.18.

Al respecto, los fondos de garantía de carácter público deberán enviar los estados financieros correspondientes a cada uno de sus primeros tres trimestres económicos y al cierre del ejercicio, acompañados del respectivo informe de auditoría externa.

Los estados financieros deberán cumplir con las normas contables profesionales vigentes y deberán acompañarse de informes efectuados por auditores externos - de corresponder inscriptos en el "Registro de auditores" de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias - con la pertinente certificación por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas en el que se encuentren matriculados.

Junto con la mencionada documentación, los fondos de garantía de carácter público informarán el detalle de las garantías otorgadas al cierre de cada trimestre, de acuerdo con los datos requeridos mediante la Comunicación "A" 6298.

Para dichos entes será de aplicación, para el trimestre finalizado el 31/3/2018, el modelo de Informe especial difundido por la Comunicación "A" 5537, en los aspectos que resulten aplicables según lo dispuesto en las Comunicaciones "A" 6383 y 6437.

Asimismo, las sociedades de garantía recíproca deberán presentar, con frecuencia trimestral, un informe especial de auditor externo sobre el cumplimiento de los requisitos previstos por las normas del Banco Central de la República Argentina, conforme al modelo que se acompaña en Anexo.

Se deberá tener en cuenta que los procedimientos contenidos en el punto a) del anexo I del modelo de informe, serán de aplicación a partir del trimestre abril \u2013 junio de 2018, en atención a la vigencia establecida por la Comunicación "A" 6424.

Consecuentemente el Régimen Informativo para sociedades de garantía recíproca y fondos de...

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