Resolución Comunal Nº 2065047/GCABA/COMUNA14/13

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorComuna 14
Fecha de la disposición29 de Mayo de 2013

VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 1.777, 4013, los Decretos

N° 660/11 y 453/12 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece en su articulo 127 que las

Comunas son Unidades de Gestión política y administrativa con competencia

territorial;

Que, por su parte, de conformidad con el articulo 128, ejercen funciones de

planificación, ejecución y control en forma exclusiva y concurrente con el Gobierno de

la Ciudad , respecto de las materias de su competencia;

Que, en virtud del mandato constitucional, se sancionó la Ley N° 1.777, la cual tiene

por finalidad, entre otras, promover la descentralización de las funciones del Gobierno

de la Ciudad, preservando su integridad territorial, mejora la eficiencia y la calidad de

las prestaciones que brinda el Gobierno de la Ciudad, así como la de cuidar el interés

general de la Ciudad y asegurar el desarrollo sustentable;

Que dicha ley especifica, en su articulo 11, las competencias concurrentes de las

Comunas junto con el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

incluyendo entre ellas "la fiscalización y el ejercicio de poder de policía de las normas

sobre los usos de los espacios públicos, suelo y las materias que resulten de los

convenios que se celebren a tal efecto, a través de órganos con dependencia

administrativa y sede en la comuna";

Que, el articulo 47 de la citada ley establece que el poder ejecutivo implementa un

proceso de transición que comprende, entre otras cuestiones, la transferencia gradual

de competencias centralizadas a las unidades descentralizadas, en virtud de la

aplicación del Titulo II de la referida ley;

Que a fin de dar cumplimiento a las disposiciones mencionadas, este Gobierno ha

comenzado a transferir diversas competencias centralizadas a las Comunas;

Que dicho proceso debe ser gradual a fin de asegurar la correcta prestación de los

servicios prestados a los ciudadanos;

Que en virtud de ello, corresponde coordinar con las Comunas el ejercicio de la

facultad de fiscalización y control de las normas sobre usos de los espacios públicos,

en forma concurrente con el Poder Ejecutivo, en ejercicio de poder de policía asignado

por la Ley N° 1.777;

Que a tales fines, la Secretaria de Gestión Comunal y...

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