Resolución Comunal Nº 2065047/GCABA/COMUNA14/13
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Comuna 14 |
Fecha de la disposición | 29 de Mayo de 2013 |
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 1.777, 4013, los Decretos
N° 660/11 y 453/12 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece en su articulo 127 que las
Comunas son Unidades de Gestión política y administrativa con competencia
territorial;
Que, por su parte, de conformidad con el articulo 128, ejercen funciones de
planificación, ejecución y control en forma exclusiva y concurrente con el Gobierno de
la Ciudad , respecto de las materias de su competencia;
Que, en virtud del mandato constitucional, se sancionó la Ley N° 1.777, la cual tiene
por finalidad, entre otras, promover la descentralización de las funciones del Gobierno
de la Ciudad, preservando su integridad territorial, mejora la eficiencia y la calidad de
las prestaciones que brinda el Gobierno de la Ciudad, así como la de cuidar el interés
general de la Ciudad y asegurar el desarrollo sustentable;
Que dicha ley especifica, en su articulo 11, las competencias concurrentes de las
Comunas junto con el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
incluyendo entre ellas "la fiscalización y el ejercicio de poder de policía de las normas
sobre los usos de los espacios públicos, suelo y las materias que resulten de los
convenios que se celebren a tal efecto, a través de órganos con dependencia
administrativa y sede en la comuna";
Que, el articulo 47 de la citada ley establece que el poder ejecutivo implementa un
proceso de transición que comprende, entre otras cuestiones, la transferencia gradual
de competencias centralizadas a las unidades descentralizadas, en virtud de la
aplicación del Titulo II de la referida ley;
Que a fin de dar cumplimiento a las disposiciones mencionadas, este Gobierno ha
comenzado a transferir diversas competencias centralizadas a las Comunas;
Que dicho proceso debe ser gradual a fin de asegurar la correcta prestación de los
servicios prestados a los ciudadanos;
Que en virtud de ello, corresponde coordinar con las Comunas el ejercicio de la
facultad de fiscalización y control de las normas sobre usos de los espacios públicos,
en forma concurrente con el Poder Ejecutivo, en ejercicio de poder de policía asignado
por la Ley N° 1.777;
Que a tales fines, la Secretaria de Gestión Comunal y...
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