Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 15 de Septiembre de 2022, expediente CIV 069898/2020/CA001

Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

COMPAÑIA TRESOR SA c/ CLUB FERRO CARRIL OESTE

ASOCIACION CIVIL Y OTROS s/ORDINARIO

Expediente N° 69898/2020/CA1

Buenos Aires, 15 de septiembre de 2022.

Y VISTOS:

  1. Viene apelada la resolución que dispuso el embargo requerido por la actora sobre cierto crédito que el Club Ferro Carril Oeste Asociación Civil tendría a percibir de Racing Club Asociación Civil.

  2. A juicio de la Sala, el caso presenta particularidades que impiden tratar el fondo del asunto.

Nos referimos al hecho de que “Club Ferro” se encuentra en quiebra, lo cual podría tornar aplicable lo dispuesto en el art. 13 in fine de la ley 25.284, norma según la cual todas las acciones -tanto las iniciadas, como las que se inicien en el futuro- son atraídas por ese juicio colectivo.

Como toda competencia concursal, también la que nos ocupa impone la actuación oficiosa del tribunal, por lo que, a fin de determinar en este caso cuál de las dos juezas -esto es, si la que interviene en este juicio individual o la que entiende en el concursal- debe continuar conociendo en el asunto, la Sala ha de disponer, antes de pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, que la señora magistrada de primera instancia se expida acerca de su competencia examinada desde esa óptica y, tras ello, remita la causa a la magistrada de la quiebra a fin de que haga lo propio.

Razones de prudencia exigen la adopción de ese temperamento previo, esto es, el de escuchar primero a esas magistradas a fin de que, en su caso, el conflicto de competencia quede correctamente trabado y pueda ser definitivamente discernido.

Recién después de decidida la cuestión, corresponderá que la Fecha de firma: 15/09/2022 magistrada que resulte competente se pronuncie sobre la pretensión cautelar de Alta en sistema: 16/09/2022

Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA

COMPAÑIA TRESOR SA c/ CLUB FERRO CARRIL OESTE ASOCIACION CIVIL Y OTROS s/ORDINARIO Expediente N°

Firmado por: E.R.M., VOCAL 69898/2020

Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

marras -o, en su caso, mantenga su anterior decisión-, correspondiendo a la parte interesada la carga de instar nuevamente el recurso ante la Sala.

Como es sabido, los jueces...

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