Circular 1/2021

Fecha de publicación04 Marzo 2021
SecciónAvisos Oficiales
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE ENERGÍA


Circular Modificatoria Nº 1

TIPO DE PROCEDIMIENTO: CONCURSO PÚBLICO NACIONAL. EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: EX-2021- 04558486- -APN-SE#MEC.

OBJETO: Adjudicación de volúmenes de gas natural adicionales a los adjudicados por la Resolución N° 391 de fecha 15 de diciembre de 2020 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria, correspondientes a las Cuencas Neuquina y Austral, por cada uno de los períodos invernales de los años 2021 a 2024.

Los términos en mayúsculas en el presente documento tienen el significado que se les adjudica en el artículo 5º del PLIEGO.

Conforme a lo dispuesto en el Punto 6.3.2 del artículo 6º del PLIEGO, el OTORGANTE por la presente Circular Nº 1 introduce las siguientes modificaciones al PLIEGO:

ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el art. 1.1. –Objeto– del Pliego de Bases y Condiciones, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Este CONCURSO tiene por objeto la adjudicación de los siguientes volúmenes de gas natural adicionales (i) a los volúmenes adjudicados por Resolución N° 391 de fecha 15 de diciembre de 2020 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y (ii) a los volúmenes comprendidos en el CIEN POR CIENTO (100%) de la producción total comprometida en virtud de tales adjudicaciones, correspondientes a las Cuencas Neuquina y Austral, para los meses que se detallan a continuación por cada uno de los períodos invernales de los años 2021 a 2024 inclusive, conforme el Anexo VI – Propuesta Económica, del presente PLIEGO:

• Cuenca Neuquina:

· Mayo: 3.50 MMm3/d

· Junio: 12.54 MMm3/d

· Julio: 17.59 MMm3/d

· Agosto: 10.40 MMm3/d

· Septiembre: 3.21 MMm3/d

• Cuenca Austral:

· Mayo: 6.01 MMm3/d

· Junio: 8.46 MMm3/d

· Julio: 8.46 MMm3/d

· Agosto: 8.72 MMm3/d

· Septiembre: 6.00 MMm3/d

En caso de no completar los volúmenes asignados a una cuenca en un mes determinado, la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA podrá asignar volúmenes a otra cuenca que cuente con capacidad de transporte remanente.

Las Empresas OFERENTES que ofrezcan volúmenes en el marco de la presente Ronda #2 no podrán computar los volúmenes efectivamente entregados en los contratos celebrados con IEASA bajo dicha Ronda #2 para el cumplimiento de su compromiso de inyección en el marco del CONCURSO PUBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO – ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024 convocado por la Resolución N° 317/20 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.”

ARTÍCULO 2°.- Modifíquese el art. 7.1...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR