Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 6 de Abril de 1999, expediente L 68240

PonenteJuez SALAS (SD)
PresidenteSalas-Pisano-Pettigiani-de Lázzari-Hitters
Fecha de Resolución 6 de Abril de 1999
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a seis de abril de mil novecientos noventa y nueve, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Salas, P., P., de L., Hitters, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 68.240, "Ciminari, N.R. contra O.C.A. S.A. Cobro pesos. Horas extra".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo Nº 4 de La Plata hizo lugar parcialmente a la demanda interpuesta; con costas a la parte demandada.

Esta dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorS. dijo:

  1. El tribunal del trabajo hizo lugar parcialmente a la demanda entablada por N.R.C. contra S.A. Organización Coordinadora Argentina.

  2. La parte accionada interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en el que denuncia violación de los arts. 19, 44 inc. "d" y 47 de la ley 11.653; 3 inc. "a" de la ley 11.544; 11 del dec. regl. 16.115/33; 71 y 68 del Código Procesal Civil y Comercial; ley 23.928; 10 del dec. 941/91; ley 24.283 y de doctrina que menciona alegando en lo esencial que:

    1. Al considerarse en el fallo que el actor no cumplía funciones primero de auditor y luego de encargado operativo se incurrió en serias contradicciones y en absurda apreciación de los elementos probatorios agregados a la causa, esencialmente de la prueba oral y de la pericial contable.

    2. En el fallo se efectúa una errónea aplicación del art. 39 de la ley 11.653 al hacerse valer el juramento por el citado artículo previsto y prestado por el actor y considerarse como real el horario de trabajo que denunció C. en su demanda, transgrediéndose la doctrina de esta Corte en relación a la carga de la prueba cuando se reclama por haberes de horas extra. Cuestiona en este agravio también la apreciación de la prueba oral.

    3. Al aplicarse en el fallo para determinar los intereses sobre capital la llamada tasa activa se violó doctrina de este Tribunal.

    4. Al cargarse a la demandada con el total de las costas se conculcaron las normas procesales que rigen las mismas desde que en autos existió un...

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