Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 4 de Noviembre de 2010, expediente 61.107

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2010

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INCIDENTE DE APELACIÓN DEL AUTO DE PROCESAMIENTO CON PRISIÓN PREVENTIVA DE

M.G.A.Y.M.C. FORMADO EN LOS AUTOS N° 5859

"A.M. y OTRO S/CONTRABANDO DE ESTUPEFACIENTES" IN.P.E. N° 1 S.2 SALA

"B" W 61.107 F 005 ORDEN N° 23.628.

O

Buenos Aires, ~ de noviembre de 2010.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 235/236 de los autos principales por la defensa de G.M.A. contra la resolución de fs. 208/221 vta., también de los autos principales, en cuanto por aquélla se procesó al nombrado, se dispuso la prisión preventiva de aquél y se mandó a trabar embargo sobre los bienes del nombrado hasta cubrir la suma de cuarenta y siete mil pesos ($47.000) .

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« El recurso de apelación interpuesto a fs. 237/251 de los autos ()

principales por la defensa de M.C. contra la resolución de fs.

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o 208/221 vta., también de los autos principales, en cuanto por aquélla se o procesó al nombrado, se dispuso la prisión preventiva de aquél y se mandó a en ;:)

trabar embargo sobre los bienes del nombrado hasta cubrir la suma de cuarenta y siete mil pesos ($47.000).

El memorial de fs. 99/103, por el cual la defensa de G.M.A. informó en los términos previstos por el arto 454 del C.P.P.N.

El memorial de fs. 104/119 vta., por el cual la defensa de M.C. informó en los términos previstos por el arto 454 del C.P.P.N.

y CONSIDERANDO:

  1. ) Q;ue, en la causa principal se investiga la presunta comisión i del delito de tentativa de contrabando de exportación de sustancia eshlpefaciente (292 gramos de cocaína) que se habría efectuado el 20 de agosto del corriente año mediante el despacho de una encomienda (No 62036452 2 AR) en la sucursal Grand Bourg del Correo Oficial de la RepÚblica Argentina, con destino a Barcelona, Reino de España, en la cual se encontraba la droga, acondicionada dentro de diez vinchas para el pelo.

  2. ) Que, por el hecho descripto por el considerando anterior el juzgado "a quo" procesó a G.M.A. y a M.C. por considerarlos "prima J. " autores penalmente responsables del delito de tentativa de contrabando de exportación agravado por tratarse de sustancia estupefaciente destinada inequívocamente a ser comercializada (arts. 863, 864 inc. d), 866 segundo párrafo, en función de los arts. 871 y 872 Y 886 inc. 1° del Código Aduanero).

    SITUACIÓN PROCESAL DE GABRIEL MATÍAS

    ABARZA

  3. ) Que, este Tribunal analizó la procedencia de la prisión preventiva de G.M.A. por el pronunciamiento recaído en el Incidente de Excarcelación del nombrado (confr. R.. N° 602/1 O de esta Sala "B"), a cuyos términos corresponde...

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