Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 19 de Septiembre de 2012, expediente B 72000

PresidenteSoria-Hitters-Genoud-Kogan
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2012
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

B.72.000 "CIASULLO CRISTINA ELIZABETH C/ MUNICIPIO DE MERLO S/ PRETENSION ANULATORIA. --CONFL. DE COMPETENCIA ART. 7º INC. 1º LEY 12.008--"

La Plata, 19 de septiembre de 2012.

AUTOS Y VISTOS :

En los presentes autos la parte actora impugna la sanción de clausura impuesta a un local de su propiedad por la Municipalidad de M., al comprobarse que carecía de la correspondiente habilitación para funcionar como lo venía haciendo. La referida sanción fue impuesta por el Juzgado de Faltas de esa comuna -ver fs. 24/28-.

Dado que las atribuciones de los órganos que integran la Justicia de Faltas Municipal se encuentran reguladas por el decreto ley 8.751/77 -enmendado por la ley 10.269-, que establece, juntamente con el Código Procesal Penal (art. 24 inc. 3º, texto según ley 13.183) que la competencia para resolver las impugnaciones dirigidas contra las decisiones de los jueces de faltas que imponen sanciones es propia del J. en lo Correccional en turno del Departamento Judicial de que se trate, o del Juez de Paz Letrado en aquellos partidos de la Provincia que no sean cabecera de Departamento Judicial, es claro que la cuestión planteada en autos resulta ajena a la competencia de los tribunales del fuero en lo contencioso administrativo (arts. 166, C.. prov.; 2 inc. 1º in fine, ley 12.008 –texto según ley 13.101-; 54, dec. ley...

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