Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 29 de Agosto de 2023, expediente CAF 038392/2019/CA001

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

Expte. Nº 38392/2019

CHOQUE, J.A. c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/

PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de agosto de dos mil veintitrés, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “CHOQUE, J.A. c/ EN -

M SEGURIDAD - PFA s/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y

DE SEG” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, Dr. G.F.T., dijo:

  1. Que a través de la sentencia dictada a fojas 44 -de las actuaciones en soporte digital- la jueza de la anterior instancia rechazó la demanda interpuesta por el actor con el objeto de que se incorpore al concepto “haber mensual” con carácter remunerativo y bonificable el suplemento “Zona” establecido por el Decreto N° 380/17. Las costas fueron distribuidas en el orden causado.

  2. Que contra dicha decisión, el actor interpuso recurso de apelación a fojas 46, y expresó agravios a fojas 49/52, los que no fueron replicados por su contraria.

    En su memorial, se agravió del rechazo de la demanda en cuanto al suplemento por “Zona”, creado por el Decreto N° 380/17, y citó jurisprudencia que ha reconocido el carácter remunerativo y bonificable de tal asignación en apoyo de su postura.

    Por otro lado, se agravió de que no se haya reconocido,

    a su vez, el carácter remunerativo y bonificable del suplemento por “Función Investigaciones”, creado por el Decreto N° 491/19.

  3. Que en este estado de las actuaciones, corresponde examinar el recurso interpuesto.

    III.1.- En primer lugar cabe expedirse sobre el agravio del actor relativo al carácter que corresponde otorgar al suplemento “Función Investigaciones”.

    Al respecto, de los términos del escrito de demanda resulta que el actor únicamente pretendió que se le otorgue carácter Fecha de firma: 29/08/2023

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.V., PROSECRETARIO DE CAMARA

    remunerativo y bonificable al suplemento por “Zona” que mensualmente percibía y que había sido creado a través del Decreto N° 380/17 (ver objeto de demanda obrante a fojas 34/37). Asimismo, de los recibos de haberes acompañados a la causa al momento de presentar su escrito de inicio surge que, en efecto, el Sr. CHOQUE percibía únicamente el suplemento mencionado, y no otro creado por el Decreto N° 380/17 (ver recibo de haberes de fojas 38/39).

    Ahora bien, el artículo 277 del CPCCN prohíbe al Tribunal fallar sobre capítulos no propuestos a la decisión del juez de la anterior instancia, ello en virtud del principio de congruencia de la demanda y contestación. Así con excepción a los nuevos hechos y documentos, las partes no pueden en Cámara proponer cuestiones no planteadas en la instancia anterior (Conf. F.E.M., Código Procesal Civil y Comercial de la Nación comentado y concordado”,

    Editorial Astrea, Ed. 2006, págs. 724 a 727).

    En tal sentido, el agravio formulado por el recurrente respecto a que se le debió otorgar carácter remunerativo y bonificable al suplemento “Función Investigaciones” debe ser desestimado, ya que dicha pretensión no fue objeto de demanda.

    III.2.- Por otro lado, en cuanto al suplemento por “Zona”,

    cabe señalar que el caso de autos resulta análogo al resuelto por este Tribunal -por mayoría- en la causa N° 894/2021, “P.R.,

    C.A. c/ EN - M Seguridad - PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”, del 24/02/2022 -entre otras-, en lo relativo al carácter remunerativo y bonificable del suplemento por “Zona”

    ...

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