Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 19 de Septiembre de 2023, expediente CAF 043160/2022/CA001

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

43160/2022 CHICO, EDUARDO HORACIO Y OTRO c/ EN - M

SEGURIDAD - PFA - DTO 380/17 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL

DE LAS FFAA Y DE SEG Juzg. n° 12

Buenos Aires, 19 de septiembre de 2023.- MSP

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la jueza hizo parcialmente lugar a la demanda promovida por personal de la Policía Federal Argentina y ordenó al Estado Nacional “reconocer el carácter bonificable del suplemento creado por el decreto N°380/2017, examinado en autos —“función policial operativo”— y ordenar que se abonen a la parte actora las diferencias salariales devengadas desde su entrada en vigencia y hasta la fecha de creación del decreto 142/2022". Asimismo, desestimó lo pretendido en relación con el suplemento "zona". Distribuyó las costas en el orden causado.

  2. Que la parte actora apeló y expresó agravios —que no fueron contestados— y la parte demandada apeló y expresó sus agravios —que fueron contestados—.

  3. Que la cuestión concerniente a los suplementos creados por el decreto 380/2017 (códigos 077 o 078) es sustancialmente análoga a la que fue tratada por esta sala en la causa “Favata” (expte. nº 27.297/2018),

    pronunciamiento del 12 de noviembre de 2019, en la que se admitió la pretensión de la parte actora y se reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los referidos suplementos, criterio que fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Di Nanno” (expte.

    18184/2018, pronunciamiento del 18 de agosto de 2022), por lo que corresponde remitir, en razón de brevedad a los fundamentos expuestos en los citados precedentes.

    En consecuencia, la objeción de la parte demandada debe ser desestimada.

    El artículo 14 del decreto 142/2022 derogó los suplementos por “función policial operativa”, por “función técnica de apoyo” y por “función de investigaciones”, a partir del 1° de abril de 2022.

    Fecha de firma: 19/09/2023

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

  4. Que el agravio de la parte actora relativamente al suplemento zona, no prospera.

    En efecto, esta sala en la causa “R.” (expte. 85.804/2018),

    pronunciamiento del 30 de marzo de 2021, estableció que el suplemento “zona” (código 131) no reúne los requisitos para ser incorporado en el haber mensual de la parte actora con carácter remunerativo y bonificable,

    por lo que corresponde remitir, en razón de brevedad, a los fundamentos expuestos en el citado pronunciamiento.

  5. Que los agravios concernientes a la tasa de interés aplicable y a la capitalización de los intereses no pueden prosperar.

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR