Sentencia de CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ, 24 de Septiembre de 2014, expediente FPA 042000018/2012/CA001

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2014
EmisorCÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 42000018/2012/CA1 la ciudad de Paraná, capital de la provincia de Entre Ríos, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil catorce, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones, los señores miembros de la misma, a saber: Presidente, Dr. Mateo José

Busaniche, Jueza de Cámara, Dra. C.G.G. y Juez de Cámara Subrogante, Dr. D.E.A., a fin de tratar el expediente caratulado: “CHAPELET, V.H. CONTRA ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DE DEFENSA SOBRE SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD”, Expte. Nº

FPA 42000018/2012, proveniente del Juzgado Federal N° 2 de la ciudad de Concepción del Uruguay, en virtud del recurso de apelación deducido por la parte actora contra la resolución de primera instancia, se someten a estudio las siguientes cuestiones:

PRIMERA CUESTIÓN: ¿Es justa la sentencia apelada?

SEGUNDA CUESTIÓN: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?

A LA PRIMERA DE LAS CUESTIONES PLANTEADAS, LA SRA.

JUEZA DE CÁMARA, DRA. C.G.G., DIJO:

I- Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto, por la parte actora a fs. 50, contra la resolución de fs.

47/49 vta. que no hace lugar a la demanda incoada, por los argumentos desplegados, lo normado por los arts. 26, Fecha de firma: 24/09/2014 Firmado por: D.E.A. Firmado por: C.G.G. Firmado por: MATEO JOSÉ BUSANICHE Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 42000018/2012/CA1 27 y conc. de la Ley 24447, Decreto nº 1897/85, Resolución 500 y normas complementarias al efecto. Impone las costas por su orden. Regula los honorarios y tiene presente la reserva del caso federal efectuada.

El recurso se concede a fs. 55. Ya en esta instancia, se expresan agravios a fs. 62/65 vta. y quedan los presentes en estado de resolver a fs. 67 vta.

II- Que, al expresar agravios, la apelante realiza una reseña de la cuestión debatida en autos. Seguidamente considera que la sentencia dictada es contraria a derecho por realizar una errónea interpretación de normas federales.

Manifiesta a su vez que la Jueza de grado no tuvo en cuenta que ni el Decreto 1897/85, ni la Resolución administrativa reglamentaria nº 500 fueron publicados en el Boletín Oficial. Que este hecho hace que no se tenga conocimiento de la existencia de la ley, o norma, toda vez que la publicidad en el Boletín Oficial lleva incito dicha característica. Entiende que en el caso de marras el conocimiento se efectuó con la presentación de esta acción, por lo que no puede existir plazo de caducidad ni de prescripción cumplido. Y agrega que la demandada no acredito que esta parte haya tenido conocimiento previo de la resolución por otro medio, por lo que resulta inaplicable la teoría de los actos propios que aduce el Fecha de firma: 24/09/2014 Firmado por: D.E.A. Firmado por: C.G.G. Firmado por: MATEO JOSÉ BUSANICHE Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 42000018/2012/CA1 inferior.

Indica además que el fallo cuestionado al declarar caduco y prescripto el derecho del actor, evito expedirse sobre la cuestión de fondo. Invoca jurisprudencia a su respecto.

Se agravia también por la imposición de costas por su orden, en razón que la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR