Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 23 de Julio de 2008, expediente B 61819

Fecha de Resolución23 de Julio de 2008
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 23 de julio de 2008, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores P., S., N., K., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 61.819, "R., C.A. contra Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. Demanda contencioso administrativa".

A N T E C E D E N T E S
  1. En autos, el señor C.A.R. promueve acción contencioso administrativa contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires a fin de que se dejen sin efecto los actos que desestimaron su solicitud tendiente a que se reconozca como remunerativa y computable en el haber básico sobre el que se calcula el monto del beneficio previsional del que es titular, las sumas establecidas en los decretos 86/1997 y 1014/1997 correspondiente a la jerarquía con la que el mismo se le liquida, a la que se le deberán agregar todos los suplementos y/o adicionales que se le relacionan y, consecuentemente, pide que se condene al pago de las diferencias devengadas desde la vigencia de los mencionados decretos y los intereses, calculados también desde que cada diferencia se devengó hasta la fecha del efectivo pago.

  2. Consecuencia de lo actuado a fs 59/95 se presenta a fs. 97 copia del acuerdo transaccional de pago celebrado entre las partes conforme las disposiciones de la ley 13.437 (Plan de Saneamiento de deudas con el personal pasivo Policial y Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires) y su decreto reglamentario 2124/2006 conforme al cual el beneficiario acepta la cancelación de cualquier acreencia que mantuviera o alegara mantener contra la Provincia de Buenos Aires en general, con relación a la aplicación del decreto 1014/1997 o de cualquiera o todas sus prórrogas dispuestas por decretos 23/1998, 237/1999, 1192/2002, 80/2003 y 196/2004, mediante la ejecución de una propuesta de pago que la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires formula y el beneficiario acepta.

Se estima un monto que surge de aplicar las disposiciones del decreto 1014/1997 al escalafón con que el beneficiario/agente haya obtenido su beneficio previsional y por el tiempo que aquél resulte aplicable al 30 de junio de 2004; sobre dicho monto se acuerda una...

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