Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 7 de Octubre de 2021, expediente CSS 011037/2021/CA001

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV

11037/2021 “CASTRO RAUL EDUARDO c/ ANSES s/MEDIDA

CAUTELAR (AUTONOMA)”

Buenos Aires, 7 de octubre de 2021.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, en autos se ha suscitado un conflicto negativo de competencia entre los Juzgados Nacionales de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 10 y en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 8

    (cfr. sentencias del 2.8.2021, 30.8.2021 y 13.7.2021).

  2. ) Que esta S. debe resolver de manera definitiva de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “Costa, M.H. c/Registro Automotor Nº 46 (Sra. A N.F. de L.) s/diligencia preliminar”, sent. del 2 de junio de 2015.

  3. ) Que, para determinar la competencia se debe estar de manera principal a la exposición de los hechos que el actor hace en la demanda y, en la medida de que se adecue a ellos, al derecho invocado como fundamento de su pretensión (Fallos: 308:229; 310:116; 311:172;

    313:971; 340:620, entre otros).

    En tal orden de ideas, de las constancias de la causa surge que el demandante promovió demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), con el objeto de que se dejase sin efecto la deuda generada en virtud del préstamo otorgado por el “Programa Argenta”, que solventaba con su jubilación, por considerar que ya había sido cancelada (conf. escrito digitalizado el 16.7.2021).

    Relata que en diciembre de 2019 se dispuso la suspensión de los pagos de las cuotas para la cancelación del préstamo,

    restándole sólo seis, pero que, tras la reanudación de los descuentos, le informaron que la deuda se había reestructurado, pasando a tener 20 cuotas más por cancelar.

  4. ) Que, el F. General señaló que por resolución N°

    155-E/2017, la ANSES aprobó la operatoria correspondiente al otorgamiento de créditos a su cargo, denominada “Programa Argenta”. A

    tal fin, dispuso la creación de “un sistema de descuentos unificado para la totalidad de los créditos otorgados” bajo el citado programa, que se denominaría “Sistema Unificado de Descuentos para créditos otorgados por Fecha de firma: 07/10/2021

    Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA

    la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -

    a@descuentos”. Asimismo, se facultó a la Dirección General del programa a coordinar los servicios de crédito minorista encuadrados en los incisos m,

    y n, del artículo 74 de la ley 24.241. Los referidos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR