Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 28 de Agosto de 2018, expediente CIV 062276/2017/CA001

Fecha de Resolución28 de Agosto de 2018
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F 62276/2017 CASTRESANA, M.O. c/L.S., V.E. s/ DESALOJO: OTRAS CAUSALES Buenos Aires, de agosto de 2018.- GL AUTOS Y VISTOS:

Por recibidos.

Sabido es que el Tribunal de Alzada, como Juez del recurso, no sólo está facultado para examinar su procedencia, sino también su admisibilidad, así como las formas en que se lo ha concedido.

Sentado ello y habida cuenta que a las presentes actuaciones se les ha otorgado el trámite sumarísimo, conforme resulta de fs. 19 párrafo segundo, y dado que el art. 498, inc. 6° del Cód. Procesal dispone que sólo serán apelables la sentencia y las providencias que decreten o denieguen medidas cautelares, corresponde declarar mal concedido a fs. 113...

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