Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 18 de Septiembre de 2023, expediente CNT 031415/2020/CA001

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

SALA VI

Expte Nº: CNT 31415/2020

(JUZG. NRO. 20)

Autos: “CASTAÑARES SANDA, D.A. C/ RAPPI ARGENTINA

S.A. Y OTRO S/ DESPIDO”

Buenos Aires, 15 de septiembre de 2023

VISTO:

Las apelaciones deducidas por las peritos informática y contadora en fecha 04/05/2023 y 05/05/2023, y la parte demandada en fecha 08/05/2023

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados a las peritos informática y contadora, lucen adecuados, por lo que corresponde su confirmación (art. 38 LO, y leyes arancelarias aplicables).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la regulación de honorarios de las peritos informática y contadora.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º

de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

Regístrese, notifíquese y vuelvan.

G.L.C.

JUEZA DE CAMARA CARLOS POSE

JUEZ DE CAMARA

Ante mí.-

Fecha de firma: 18/09/2023

Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA

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