Carvallo Roque Audivio S/ausencia con Presuncion de Fallecimiento

Fecha de la disposición17 de Agosto de 2010

Martes 17 de agosto de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.966 19

  1. Edictos Judiciales NUEVAS 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.

    CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS JUZGADO LETRADO DE EJECUCION NRO. 1 DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL COMODORO RIVADAVIA - CHUBUT El Juzgado Letrado de Ejecución N'° 1 de la Circunscripción Judicial de Comodoro Rivadavia,

    Provincia del Chubut, a cargo del Dr. Gustavo Luis Horacio Toquier, Secretaria N'° 1 a cargo del Dr. José Luis Campoy, sito en Irigoyen N'° 650, piso 2'°, de la ciudad de Comodoro Rivadavia,

    Provincia del Chubut, comunica por este medio y por un (1) dÃa que en los autos caratulados:

    “Alcalis de la Patagonia Sociedad Anónima s/ Acuerdo Preventivo Extrajudicial” –APE– Ley N'° 24.522, Expte. N'° 1686/2009, en trámite por ante este Juzgado, que con fecha 15 de Junio de 2010, se ha dictado la siguiente resolución:

  2. - Declarar por finalizado el presente Acuerdo Preventivo Extrajudicial promovido por Alcalis de la Patagonia S.A. 2.- A fin de hacer entrega material de las acciones clase “C” al Estado Nacional, notifÃquese mediante oficio librado bajo el régimen de la Ley 22.172 al Estado Nacional - Ministerio de EconomÃa, haciendo saber que dichos tÃtulos y para hacer efectivo su retiro, se encuentran reservados en la Caja Fuerte del Juzgado de Ejecución N'° 1, autorizando al letrado de la concursada a correr con dicho diligenciamiento.

  3. - En atención a lo dispuesto por el art. 167 de la LCQ y a fin de dar publicidad a la presente resolución, publÃquese edictos por el término de un dÃa en los Boletines Oficiales y diarios “Crónica” de esta ciudad, “Noticias de la Costa” de la ciudad de Viedma, Provincia de RÃo Negro y diario “La Prensa” de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, medios éstos tenidos en cuenta en el punto tercero de la sentencia interlocutoria de fs. 1.305/1.307, cuando se declaró tener por presentado el acuerdo preventivo extrajudicial de la sociedad concursada.- 4.- RegÃstrese y notifÃquese.- Firmado: Gustavo L. H. Toquier. Juez.

    PublÃquese por 1 dÃa en el BoletÃn Oficial de la República Argentina.

    Comodoro Rivadavia, SecretarÃa N'° 1, 30 de junio de 2010.

    José Luis Campoy, secretario.

    corresponde confirmar la sanción impuesta por este Tribunal de Ética del Colegio Público de Abogados; con costas (art. 68 C.P.C.C.N.). RegÃstrese, notifÃquese y devuélvase. Fdo.: Pablo Gallegos Fedriani, Jorge Federico Alemany y Guillermo Treacy, Jueces de Cámara; Francisco Civit, Secretario de Cámara.

    Buenos Aires, 1 de julio de 2010.

    Causa N'° 22831/2005

    Buenos Aires, 11 de mayo de 2010.

    “Disner Sandra Elena C/CPACF” Vistos y Considerando:

    1. Que, por decisorio de fs. 69/74, la Sala 1 del Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, impuso al matriculada Sandra Elena Disner la sanción de multa, por un monto de $ 4000.-; todo ello en los términos del art. 45 inc. c) de la Ley 23.187.

    2. Que, a fs. 82/83 apeló la defensora oficial y a fs. 183/185 contestó el traslado el CPACF.A fs. 176 dictaminó el Sr. Fiscal General respecto de la Procedencia formal del recurso.III.- Que, para decidir como lo hizo, el Tribunal de Disciplina tuvo por acreditado que la letrada actora habrÃa dejado sin defensa a su patrocinado en los autos caratulados...

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