Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 30 de Mayo de 2023, expediente CAF 052717/2016/CA001

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

52717/2016

CAÑIZA, H.A. c/ EN-M SEGURIDAD-PFA

s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de mayo de dos mil veintitrés,

reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “C.H.A. c/

EN-Mº Seguridad –PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, Dr. P.G.F., dijo:

I.-Que mediante la sentencia del 16/12/20, el Sr. Juez de la instancia anterior hizo lugar a la demanda reclamada en autos; y en consecuencia, condenó a la demandada a incluir dentro del concepto haber mensual del actor, los suplementos otorgados por los decretos 2744/93, sus modificatorios, 1255/05, 1126/06, 861/07, 884/08 y 752/09, con carácter remunerativo y bonificable. Asimismo, ordenó que se abonen las diferencias salariales devengadas desde los cinco años anteriores a la fecha allí indicada (ver considerando IV) y hasta la fecha de su efectivo pago y en su caso hasta su retiro. Impuso las costas a la vencida.-

II.-Que el 21/12/20 apeló la parte demandada y el 9/09/22 expresó agravios, los que no fueron contestados por su contraria. El 28/4/23 se llamaron autos a sentencia.-

III.-Que respecto del agravio de la parte demandada referido a los suplementos particulares creados por el decreto 2744 del 29 de diciembre de 1993 y sus modificatorios, mediante los fallos plenarios de fecha 19 de marzo del 2009 dictados en las causas “Carrozzino Salvador c/ EN – Mº J S y DDHH Dto. 2744/93 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y Seg.” y “L.E.J. c/ EN – Mº

Fecha de firma: 30/05/2023

Alta en sistema: 31/05/2023

Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.L.A., SECRETARIA DE CAMARA

interior PFA- Dto 2744/93 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y Seg”,

esta Cámara fijó como doctrina legal que: “Corresponde atribuir carácter remunerativo y bonificable a los suplementos establecidos por el 2744/93”.

Asimismo, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “O., J.H. y otros c/ EN – Mº Justicia Seguridad y DDHH – PFA- dto 2133/91 s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg”, sentencia del 05

de octubre de 2010; el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos previstos en el Decreto 2744/93, también debe ser reconocido con relación a los decretos de necesidad y urgencia 1255/05, 1126/06 y 861/07 y de los decretos 884/08, 752/09 y 1262/19.-

IV.-Que, cabe señalar que por el artículo 14 del Decreto nro. 142/22 se estableció lo siguiente: “Deróganse, a partir del 1º

de abril de 2022, los suplementos particulares por “Función Policial Operativa”, por “Función Técnica de Apoyo” y por “Función de Investigaciones” previstos en los artículos 396 octies, 396 nonies y 396

decies, respectivamente, de la Reglamentación de la Ley Nº 21.965 y su modificatoria para el Personal de la Policía Federal Argentina, aprobada por el Decreto N° 1866 de fecha 26 de julio de 1983 y sus modificatorios,

y el suplemento particular por “Responsabilidad por Cargo o Función”

previsto en el artículo 2° del Decreto N° 2744 de fecha 29 de diciembre de 1993 y sus modificatorios”. Lo...

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