Concurso Oficial Propuesta de Candidatos Para Cubrir Vacantes en elPoder Judicial y en elMinisterio Publico - Decreto Nº 588/03 - Exptes. 168.327/08 y Otros.

Fecha de la disposición19 de Junio de 2008

Bs. As., 7/3/2008

VISTO, el Expediente Nº CUDAP-S01:0003102/2005 y sus agregados sin acumular Nº S01:0003118/2005 y S01:0003191/2005 todos del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que la empresa VAN ZANTEN PLANTS B.V., representada en la REPUBLICA ARGENTINA por la empresa CLARKE, MODET & CIA (ARGENTINA) S.A., solicita la inscripción de las creaciones fitogenéticas de alstroemeria STAQUEEN, ZALSASENAN y ZALSAMAY, en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por Ley Nº 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 6º del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley Nº 24.376. y el Artículo 26 del Decreto Nº 2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, para el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Comisión Nacional de Semillas, creada por Ley Nº 20.247, en su reunión de fecha 12 de junio de 2007, según acta Nº 340 ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por Ley Nº 20.247, de las creaciones fitogenéticas de alstroemeria STAQUEEN, ZALSASENAN y ZALSAMAY, solicitada por la empresa VAN ZANTEN PLANTS B.V., representada en la REPUBLICA ARGENTINA por la empresa CLARKE, MODET & CIA (ARGENTINA) S.A.

ARTICULO 2º

Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.

ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. -- Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.

e. 19/06/2008 Nº 30.057 v. 19/06/2008 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS Resolución Nº 116/2008

Bs. As., 5/6/2008

VISTO, el Expediente Nº S01:0204985/2005 del Registro del...

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