Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 13 de Julio de 2023, expediente CNT 052064/2013/CA002
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 2023 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA VI
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
SALA VI
Expediente Nro.: CNT 52064/2013
(Juzg. N° 55)
AUTOS: “CAÑAS, M.L. C/ LOGISTICA DE AVANZADA S.A. Y
OTROS S/ DESPIDO”
Buenos Aires, 13 de julio de 2023.-
EL DOCTOR CARLOS POSE DIJO:
La demandada, deudora solidaria del crédito laboral cuestiona que, pese a su condición concursal, se la intime al pago de intereses.
Le asista razón porque el art. 135 de la LO establece que la ejecución contra el deudor fallido o concursado se deberá
llevar al respectivo juicio universal y ante la claridad del mandato legislativo sólo cabe acatarlo: el acierto o error, el mérito o la conveniencia de las soluciones legislativas no constituyen puntos sobre los que el Poder Judicial pueda pronunciarse (CSJN, 26/3/19, “García c/AFIP”, Fallos 342:411;
25/2/11, “P.N., Fallos 344:126).
Por lo expuesto entiendo corresponde: Revocar la resolución de primera instancia y ordenar la continuación del trámite regular del proceso.
LA DOCTORA G.L.C. DIJO:
En atención a las particulares circunstancias de la causa,
adhiero a la solución propuesta por el Dr. Pose en su voto.
Por ello, EL TRIBUNAL
RESUELVE:
I) Revocar la resolución de primera instancia y ordenar la continuación del trámite regular del proceso.
Fecha de firma: 13/07/2023
Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA
Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.
Regístrese, notifíquese y vuelvan.
C. POSE
JUEZ DE C.G.L.C.
JUEZA DE CAMARA
Ante mí:
Fecha de firma: 13/07/2023
Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA
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