Campos de la Consulta

Fecha de la disposición25 de Enero de 2008

Se notifica que de conformidad con lo establecido por el artículo N° 10 de la ley 19550 y sus modificatorias, con fecha Veintisiete (27) de Diciembre de 2007, que con escritura número noventa y siete ( N° 44 ) pasada por ante la Escribana Natalia Soledad Asenjo, Notario titular del registro notarial número ochocientos veinticinco (N° 825), se constituyó una sociedad anónima que girará bajo la denominación de "CAMPOS DE LA CONSULTA SOCIEDAD ANONIMA", fijando como domicilio social, legal y fiscal el de calle San Martín N° 640 de la Consulta, San Carlos, Mendoza, cuyos socios son: el Señor Roberto Orozco, argentino, con DNI N° 10.271.566, CUIT N° 20-10271566-8, casado, comerciante, de cincuenta y seis (56) años de edad, nacido el día 24 de Setiembre de 1951, domiciliado en calle Huarpes N° 621 de Capital, Mendoza y el señor Walter Fabián De Marchi, argentino, con DNI N° 20.304.567, CUIT N° 20-20304567-1, soltero, comerciante, de treinta y nueve (39) años de edad, nacido el 21 de Setiembre de 1968, domiciliado en calle Vergara N° 4.131 de Villa Nueva, Guaymallén, Mendoza. El Artículo Tercero: Duración: Su duración será de cincuenta años a contar de su inscripción en el Registro respectivo.- Artículo Cuarto: Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: 1) Industrial, 2) Comerciales, 3) Servicios, 4) Agrarias, 5) Inmobiliaria, 6) Mandatarias, 7) De Crédito. El Artículo Quinto: El capital social se fija en la suma de Pesos doce mil ($ 12.000,00) representado por ciento veinte (120) acciones ordinarias nominativas no endosables de Pesos Cien ( $ 100) cada una. El Artículo Décimo Primero: La administración de la sociedad estará a cargo de uno a tres Directores Titulares, según lo determine la Asamblea en cada oportunidad, quienes durarán tres ejercicios en sus cargos siendo reelegibles. Para los cargos de suplentes como mínimo de uno y se seguirá igual metodología que para los Titulares y por el mismo termino, siendo obligatoria su elección si se prescinde de la Sindicatura. La Asamblea, entre los Directores electos, siempre de que se trate de un cuerpo plural, deberá designar un Presidente y Vicepresidente: Quien reemplazará el primero en caso de ausencia o impedimento. El Directorio sesiona con la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por unanimidad de votos presentes. Serán convocados para cada sesión y celebrarán sus reuniones conforme...

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