Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 24 de Septiembre de 2019, expediente CAF 015580/2019/CA001

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 15580/2019 CAMPAGNOLO, S. c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3 Buenos Aires, de septiembre de 2019.- IA VISTOS y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, mediante la resolución 948/2018, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación denegó a N.A.C. la ampliación del beneficio de ley 24.043, por entender que no se encontraba configurado el supuesto previsto en el artículo 4º “in fine” de ese ordenamiento legal (fs. 257/vta.).

    A tales fines, señaló que la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones del Ministerio de Salud de la Nación, había entendido que no era posible realizar una junta médica a través del equipo interdisciplinario a una persona fallecida y que dicha dependencia había concluido denegar el incremento del beneficio, en cuanto la documentación sanitaria no sería suficiente para determinar si el padecimiento del beneficiario podría encuadrarse dentro del marco de lesiones graves o gravísimas.

    Sostuvo que el informe de supervisión elaborado por el Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos “Dr. F.U. concluyó en que el equipo interdisciplinario había cumplido con las pautas establecidas para la realización de juntas médicas.

    Destacó, que, el 13/09/94 se le reconoció al actor el beneficio de marras, por setecientos treinta y tres (733) días indemnizables equivalente a $

    54.725,78 (cfr. R.. 3240/94, fs. 35/37).

  2. ) Que, contra esa decisión, la Sra. S.C. interpuso el presente recurso directo (fs. 280/286 vta.).

    Sostiene que la resolución impugnada resulta arbitraria e infundada, ya que sólo se pudo constatar el análisis de las lesiones sufridas por el beneficiario al tomar conocimiento de los antecedentes del reclamo en cuestión, dejando huérfano de prueba a la reclamante por el fallecimiento de su hermano.

    Resalta que los testimonios vertidos en la causa “SALOMÓN, R.J. (D) - GONZALEZ JOSÉ MARÍA (D) – DIAB, J.R.(.D). S/ PRIVACIÓN ILEGAL DE LIBERTAD (ART. 144 BIS INC.1) EN CONCURSO REAL CON IMPOSICIÓN DE TORTURA (ART. 144 Fecha de firma: 24/09/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #33383234#245066745#20190923105005335 TER. INC.1) Y OTROS” EXPTE. Nº FRO 54000035/2009/TO1” acreditan las lesiones que padeció el Sr. C. durante su período de detención y cuestiona que dichos elementos probatorios no fueron debidamente valorados.

  3. ) Que, el art. 1º de la ley 24.043 dispone...

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