Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 24 de Octubre de 2018, expediente FPA 003205/2013/CA001

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 3205/2013/CA1 raná, 24 de octubre de 2018.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “CABRERA, M.I. POR SI Y POR SUS HIJOS CONTRA ANSES Y OTRO SOBRE ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD”, E.. N° FPA 3205/2013/CA1, proveniente del Juzgado Federal N° 2 de Paraná y; CONSIDERANDO:

I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado por la demandada a fs. 74/76, contra la sentencia de fs. 58/60 vta. que, en lo que aquí interesa, hace lugar al planteo de falta de legitimación pasiva opuesto por Orígenes Seguros de Retiro S.A. y rechaza la acción en relación a la misma, hace lugar a la demanda, disponiendo que ANSES proceda de manera inmediata a integrar el beneficio de renta vitalicia previsional de la actora, abonando la diferencia existente entre el mismo y el haber mínimo garantizado por el Estado Nacional, conforme las actualizaciones que sobre el mismo se vayan produciendo.

Impone las costas en el orden causado, difiere la regulación de honorarios y tiene presente la reserva del caso federal.

El recurso se concede a fs. 78, se contestan agravios a fs. 79/80 y quedan los autos en estado de resolver a fs.

100.

II-

  1. Que la demandada cuestiona el rechazo de la excepción de falta de legitimación pasiva y la condena a Fecha de firma: 24/10/2018 Alta en sistema: 26/10/2018 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado por: N.B.S., Secretaria de Cámara #8760333#219538269#20181025114057602 abonar el haber mínimo garantizado. Hace reserva del caso federal.

  2. La parte actora, al contestar agravios, solicita la desestimación del recurso de apelación, con costas a la apelante.

    III- Que la actora ocurre a la jurisdicción y deduce acción de inconstitucionalidad contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a fin de que se le ordene abonar la diferencia entre el haber que percibe de ORIGENES SEGUROS DE RETIRO S.A. en concepto de renta vitalicia previsional, y el haber mínimo vigente garantizado por la ley 24241, con más retroactivo e intereses.

    El a quo hizo lugar a la acción promovida y contra dicha decisión se alza la apelante.

    IV-

  3. Que, no corresponde dar tratamiento al agravio relativo al rechazo de la falta de legitimación pasiva opuesta por la demandada, en virtud de no haber sido oportunamente planteado, de conformidad al art. 277 CPCC...

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