Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 11 de Octubre de 2016, expediente CNT 042562/2012/CA001

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X SENT.DEF. EXPTE.Nº 42562/2012 (38340)

JUZGADO Nº 63 SALA X AUTOS: “CABRERA ANA MARIA DEL VALLE C/ M.C.P SOCIEDAD DE RESPONSANBILIDAD LIMITADA Y OTROS S/ DESPIDO”.

Buenos Aires, 11 de octubre de 2016 El Dr. E.R.B. dijo:

Contra la decisión de la Sra. Juez “a-quo” que reputó legítima la decisión de la actora al considerarse despedida, mediante pieza postal del 25/7/12, y acogió, en lo principal, el reclamo salarial e indemnizatorio incoado, condenando solidariamente a los codemandados P.R.A. y A.M.V., recurren ambas partes: los accionados, a tenor del memorial de fs. 427/30; mientras que la reclamante lo hace en los términos que da cuenta la presentación de fs. 431/2. También apelaron los honorarios regulados el perito contador y las respectivas representaciones letradas.

Razones de orden lógico llevan a tratar, en primer lugar, el recurso de los demandados, quienes se quejan, en el primero de sus agravios, porque la magistrada de grado consideró probado, con el testimonio de A.W., quien nunca trabajó en el lugar y se reconoció amigo de la actora, que ésta ingresó a laborar en el año 2.002.

Ciertamente, la crítica no supera el umbral mínimo requerido por el art. 116 L.O., porque la “sub júdice” explicó las razones por las cuales entendió que la declaración del mencionado testigo, pese a ser el único que refirió a la fecha de ingreso de C. a órdenes de M.C.P. S.R.L., resulta convictivo (conf. arts. 90 L.O. y 456 C.P.C.C.N.), y tales conclusiones no llegan rebatidas.

Cabe señalar por otro lado, que la circunstancia de que el deponente tenga carácter de “testigo único” no invalida su testimonio, sino que significa que su declaración debe ser examinada con mayor estrictez, requiriéndose un testimonio preciso, categórico, con indicación circunstanciada de tiempo y lugar y razón suficiente de lo declarado (sala I,"R. c/Baldo N. s/despido" SD 39.224 del 26-6-79; íd."G.C. c/Cersósimo Fecha de firma: 11/10/2016 Firmado por: E.R.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA #20146628#164112942#20161011094827776 y Morante SRL s/despido" SD 59.869 del 31-5-91). En efecto, debe recordarse que la jurisprudencia tiene dicho que incluso la máxima “testigo único testigo nulo” ha quedado superada por la evolución del derecho procesal, pues la exclusión de su valor probatorio no tiene ningún fundamento, dado que si bien no existe la garantía que supone la concordancia entre las declaraciones de varios testigos, ella puede compensarse con el análisis de las circunstancias de cada caso concreto que los sentenciantes efectúen de acuerdo con el art.

386 CPCCN (en este sentido, CNAT, S.I., SD 76985 del 31/8/95, in re “A.V.R. c/ N.R. Construcciones SRL s/despido”; íd. , SD 62231, del 17/6/88, in re: “D., M. c/RojomaS. s/despido”).

En esa perspectiva se observa que el reconocimiento de una relación de amistad del testigo con la actora da razón de su dichos en torno al motivo por el cual el mismo concurría a...

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