Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 14 de Septiembre de 2021

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2021
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita753/21
Número de CUIJ21 - 513862 - 8

T. 311 PS. 32/37

Santa Fe, 14 de septiembre del año 2021.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del 18 de marzo de 2021 dictada por la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe, en autos "BURTOVOY, L.L. contra SANTA CLARA FOOTBAL CLUB -SENT. COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES- (CUIJ 21-04765041-8)" (Expte. C.S.J. CUIJ N°: 21-00513862-8); y,

CONSIDERANDO:

  1. Mediante el decisorio referido, la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe receptó parcialmente el recurso de apelación de la demandada. En consecuencia, modificó la distribución causídica y confirmó en lo demás la sentencia de grado, que a su turno había hecho lugar parcialmente a la demanda (fs. 21/28v.).

    Contra tal pronunciamiento, la parte demandada dedujo recurso de inconstitucionalidad por considerar que el mismo no reúne las condiciones mínimas necesarias para satisfacer el derecho a la jurisdicción (artículo 1, inciso 3° de la ley 7055), al incurrir en arbitrariedad por resolver en contra de las constancias de autos y por incurrir en una incorrecta valoración de la prueba (fs. 31/48).

    En su presentación, la recurrente sostuvo que una de las circunstancias "decisivas" que advirtió la Cámara para entender no probado el trabajo benevolente del actor resulta contraria a los hechos probados de la causa. Así, afirmó que se encuentra probado que existía entre el accionante y el club demandado una ligazón o empatía, dado que su padre (J.B. había sido jugador de la institución, homenajeado en varias oportunidades, y ciertos testigos de la causa refirieron que padre e hijo "venían por amistad con la institución" a colaborar ya en el año 2011.

    Afirmó también que de la prueba colectada surgía la existencia de incompatibilidad horaria entre los dos trabajos del actor (técnico del Santa Clara Football Club y técnico del Club Atlético Unión de Santa Fe) "porque precisamente en su faceta más trascendental, dirección técnica del equipo durante la competencia, hay coincidencia de días y horarios, los domingos", y que tal circunstancia reafirmaba el argumento de su instituyente "respecto a la desvinculación a pedido del actor para sostener su actividad remunerada, la del Club Unión de Santa Fe" (fs. 34v. in fine/35).

    Asimismo, sostuvo que, a diferencia de lo afirmado por el A quo, el trabajo para Santa Clara no le imponía al actor una "gran intensidad" de viajes, sino que de las constancias de autos surge el desarrollo de una prestación reducida a "algunos viernes" y los días domingos (fs. 35/v.).

    Por otra vertiente, señaló que lo reseñado en la Sentencia atacada respecto a que el actor cumplía horarios y se hallaba sometido a un poder de dirección y organización ajeno, se contrapone con lo que surge de las planillas que registran los partidos desarrollados entre el 25 de mayo y el 21 de junio de 2015, donde...

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