Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A, 29 de Mayo de 2017, expediente FRO 053000518/2009/CA001

Fecha de Resolución29 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 29 de mayo de 2017.

Visto en Acuerdo de la Sala “A” el expediente Nº FRO 53000518/2009 caratulado “BRUSCO, JUAN CARLOS C/ A.N.S.E.S. S/ ORDINARIO”, (originario del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Santa Fe), del que resulta, 1- Vienen los autos en virtud de los recursos de apelación interpuestos por la parte actora (fs.

64) y la demandada (fs. 68) contra la Sentencia de fecha 03 de febrero de 2015 (fs. 61/63 y vta.) que ordenó a la ANSeS a recalcular el haber inicial del actor y proceda a su reajuste conforme a los parámetros aplicables de los fallos citados en los Considerandos; declaró la inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de la ley 24.463; ordenó se abone a la Sra.

S., A.M., en carácter de continuadora del reclamo previsional, los retroactivos provenientes de las diferencias por los períodos no prescriptos y los intereses calculados según la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el Banco Central de la República Argentina desde que cada uno es debido y hasta el efectivo pago conforme a las disposiciones de las leyes 26.153 y 25.344, sus complementarias y reglamentarias e impuso las costas en el orden causado.

Concedido el recurso y de conformidad con lo resuelto por la C.S.J.N. en autos “P., H.H. c/ ANSeS s/ Acción de Amparo” y la Acordada nro. 14/2014 se recibieron las presentes actuaciones que por sorteo informático quedaron radicadas en esta Sala “A”, expresando agravios la actora a fs. 73/75 y vta., los que no fueron contestados encontrándose los autos en condiciones de resolver (fs. 84).

2- La parte actora se agravió que el a quo en la sentencia apelada se excedió en cuanto a las pretensiones Fecha de firma: 29/05/2017 reclamadas. Señaló que la resolución es Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.S.G., JUEZ DE CAMARA Subrogante Firmado(ante mi) por: MILAGROS CABAL, SECRETARIA #3033980#176937106#20170529090600554 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A arbitraria ya que decidió sobre cuestiones no planteadas, como lo es la redeterminación del haber inicial percibido por la actora, en cuanto a los aportes autónomos efectuados.

Sostuvo que en ningún momento requirió

la modificación de la base de cálculo del beneficio del Brusco, J.C..

Además, se agravió de la falta de pronunciamiento sobre el pedido de inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 24.241. Manifestó que el...

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