Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 26 de Diciembre de 2022, expediente CAF 061570/2019/CA001
Fecha de Resolución | 26 de Diciembre de 2022 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SALA I
61570/2019 BREITSCHUH, S.M. Y OTROS c/ EN-M
SEGURIDAD-PSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS
FFAA Y DE SEG Juzg. n° 10
Buenos Aires, 26 de diciembre de 2022.- MSP
Y VISTOS; CONSIDERANDO:
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Que el juez hizo parcialmente lugar a la demanda promovida por personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria Argentina (PSA) y ordenó al Estado Nacional que incorpore a los haberes mensuales de la parte actora, con carácter remunerativo y bonificable, las compensaciones y los suplementos creados por los decretos 836/2008 y 2140/2013 —“vivienda” (código 91), “vestimenta” (código 90),
racionamiento
(código 190), “zona” (código 88), “actividad riesgosa”
(código 82) y “por exigencia del servicio de seguridad aeroportuaria”
(código 96)—, desde los dos años anteriores a la presentación de la demanda. Asimismo desestimó la pretensión referente a las asignaciones establecidas por el decreto 752/2009. Impuso las costas a la parte demandada.
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Que la parte demandada apeló y expresó agravios —que no fueron contestados—.
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Que en la demanda la parte actora no solicitó el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable del suplemento “por exigencia del servicio de seguridad aeroportuaria”.
Por tanto, corresponde acoger los agravios de la parte demandada y revocar el pronunciamiento apelado en tanto reconoció ese suplemento (código 96).
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Que el agravio ofrecido por la parte demandada relativamente al reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable del suplementos “por actividad riesgosa” (código 82) y de las compensaciones “vivienda” (código 91), “vestimenta” (código 90),
Fecha de firma: 26/12/2022
Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA
racionamiento
(código 190) y “zona” (código 88), debe ser desestimado.
En efecto, ese planteo fue examinado por esta sala en las causas “Barrientos” (expte. nº 59458/2018) y “Jaras” (expte. n° 74555/2018),
pronunciamientos del 24 de febrero de 2022 y del 2 de junio de 2022,
respectivamente, en las que se hizo lugar a la pretensión de la parte actora y se reconoció el carácter remunerativo y bonificable del referido suplemento —por actividad riesgosa— y las mencionadas compensaciones —vivienda, vestimenta, racionamiento y zona—, por lo que corresponde remitir, en razón de brevedad, a los fundamentos expuestos en esos pronunciamientos.
El artículo...
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