Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 15 de Junio de 2022, expediente CIV 092559/2015

Fecha de Resolución15 de Junio de 2022
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

92559/2015

BRAÑA, M.S. c/ LANGENHEIM, ALFREDO ALBERTO S/

SUCESIONB AB INTESTATO Y OTROS s/DESAFECTACION BIEN DE FAMILIA

Buenos Aires, 15 de junio de 2022.

AUTOS Y VISTOS:

  1. ) La Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció respecto de la aplicación temporal de la ley 27.423, en “Establecimiento Las Marías S.A.C.I.F.A. c/

    Misiones, Provincia de s/ acción declarativa”, 1criterio que fue reafirmado en “All, J.E. y otro s/sucesión” CIV 315118/1988/1/RH001, del 26 de abril de 2022, de modo coincidente con lo decidido por la mayoría del tribunal. 2 Desde esa perspectiva, el nuevo régimen legal no resulta aplicable a los procesos fenecidos o en trámite, en lo que respecta a la labor desarrollada durante la etapa concluida durante la vigencia de la ley 21.839 y su modificatoria ley 24.432, o que hubieran tenido principio de ejecución.

    Por eso, resultan de aplicación las pautas establecidas en las leyes 21.839 y su modificatoria ley 24.432.

  2. ) Con relación a las apelaciones deducidas por considerar altos y bajos los honorarios regulados el 17 de febrero del año en curso, por tratarse de un auxiliar de justicia se valorará la naturaleza del informe realizado, la calidad, la importancia, la complejidad, la extensión, su mérito técnico-científico y la proporcionalidad que deben guardar estos honorarios con relación a los de los abogados actuantes en el juicio (cf. art.

    478 del CPCCN).

    En consecuencia, por resultar altos los honorarios fijados al martillero tasador J.O.N., se los reduce a la suma de $ 72.000.

    Regístrese, notifíquese por secretaría y devuélvase.

    M.I.B.G.D.G.Z.

    En disidencia parcial sobre la aplicación temporal de la ley arancelaria el Dr. C.A.C.C. dijo:

    Considero aplicable la nueva ley de honorarios a todos los asuntos en los que no hubiera regulación de honorarios al tiempo de la modificación legislativa (conf. Sala A,

    1 Fallos: 341:1063

    2CNCiv., esta Sala, “G., Citrano J. c/ Greco, M.E. y otro s/ daños y perjuicios”, expte.nº34.058/13, del...

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