Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 13 de Marzo de 2019, expediente CFP 014065/2018/CA001

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 14065/2018/CA1 CCCF- SALA I CFP 14065/2018/CA1 “B., C. s/

sobreseimiento”

Juzgado Nº 7 – Secretaría Nº 13 Buenos Aires, 13 de marzo de 2019.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr. B. –en su rol de parte querellante-, contra la resolución obrante a fs. 305/7, en cuanto dispuso el sobreseimiento de C.B. en orden al hecho por el que fuera investigado (artículo 336 inciso 3° del C.P.P.N.).

  2. Al expresar sus discrepancias, la parte aseveró

    que el dictamen liberatorio del fiscal no impide la prosecución de la instrucción desde que, en ejercicio de su actividad requirente, la querella estaría garantizando un estímulo acusatorio suficiente. En ese sentido invocó jurisprudencia que respaldaría la continuidad de la pesquisa, aun con el solo impulso particular, a través de sus sucesivas etapas y hasta su eventual desenlace.

    Sin detenerse en este punto, el Dr. B. se adentró en el fondo de la cuestión e insistió con que los hechos denunciados encuadrarían en el delito previsto en el artículo 248 del Código Penal. En particular adujo que las órdenes impartidas por el Dr. B. habrían resentido los artículos 200 y 228 del C.P.P.N. y que además, según lo exige la figura en juego, aquél habría actuado maliciosamente.

    Fecha de firma: 13/03/2019 Alta en sistema: 14/03/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: I.S.Q., SECRETARIA DE CAMARA #32460358#229089342#20190313112455914 A fs. 319/29 el apelante se valió de la oportunidad prevista en el artículo 454 del C.P.P.N. para clamar, ahora ante estos estrados, la admisibilidad de sus pretensiones.

  3. Llegado el momento de resolver debemos decir, en primer lugar, que los argumentos relativos al vigor de la acusación no se condicen con los términos de la decisión en crisis.

    Sucede que el a quo, luego de haber analizado las repercusiones del pedido fiscal, afirmó que la dinámica impuesta por el querellante exigía ir más allá y evaluar la trascendencia penal de los hechos; es aquí donde ingresa, por cierto, el otro eje del recurso que nos ocupa.

    En sintonía con la denuncia inicial, la instrucción procura dirimir las implicancias delictivas del allanamiento practicado, en el marco de los autos 9608/2018, en el inmueble de la calle Uruguay 1306 piso 5° que pertenece a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR