Boletín Oficial Nº 2809 - 10 de Octubre 2008

Fecha de publicación10 Octubre 2008
Año2008
Número de Gaceta2809
SecciónContenido Completo
Propiedad Intelectual Nº 187332
B O L E T Í N O F I C I A L
Provincia de La Pampa
REPÚBLICA ARGENTINA
Gobernador:………………………………………………………………….…...……C.P.N. Oscar Mario JORGE
Vice-Gobernador:………………………………………………………….................C.P.N. Luis Alberto CAMPO
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad: ……………………...…………… Dr César Ignacio RODRIGUEZ
Ministro de Bienestar Social: ………………………………....................…....Sra. María Cristina REGAZZOLI
Ministro de Cultura y Educación: ………………………………………................Sr. Néstor Anselmo TORRES
Ministro de la Producción:…………………………………….………..……......... Dr. Abelardo Mario FERRAN
Ministro de Hacienda y Finanzas:.............................................................C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER
Ministro de Obras y Servicios Públicos..............................................…................... Sr. Paulo BENVENUTO
Secretario General de la Gobernación:.................................................................... Sr. Raúl Eduardo ORTIZ
Secretario de Asuntos Municipales:..................................................................................Sr. Rodolfo CALVO
Secretario Recursos Hídricos:.........................................................….................. Sr. Juan Pablo MORISOLI
Secretario de Derechos Humanos:………..……………………….….………....…… Sr. Héctor Rubén FUNES
Asesor Letrado de Gobierno:......................................................…...................Dra. Daniela Mónica VASSIA
Fiscal de Estado: ......................................................................…........................ Dr. José Alejandro VANINI
AÑO LV - Nº 2809 Dirección: Sarmiento Nº 335 SANTA ROSA, 10 de Octubre de 2008.-
Telefax: 02954 - 436323 www. lapampa.gov.ar boletinoficial@lapampa.gov.ar
SUMARIO
Página
LEYES Nros. 2430, 2431, 2432, 2433, 2434, 2435, 2436, 2437 y 2438........................................ 2054
Decretos Sintetizados: (Nros. 2484, 2487, 2519 a 2525, 2540 a 2561, 2575, 2578 a 2581, 2583
a 2614, 2617 a 2622, 2629 a 2631, 2633 a 2642, 2645 a 2666)................
2086
Designaciones: (Nro. 2632).............................................................................................................. 2097
Ministerio de Bienestar Social: ( Res. Nros. 2256 a 2258, 2260 a 2265, 2271 a 2276, 2278 a
2282, 2284 a 2286, 2291, 2292, 2296, 2302 a 2317, 2320 a
2330)..............................................................................................
2097
Ministerio de Cultura y Educación – Dirección General de Educación Inicial y General Básica:
(Disp. Nro. 215).................................................................................................................................
2101
Ministerio de la Producción: (Res. Nros. 565 a 574, 582 a 586)....................................................... 2101
Comité de Vigilancia Zona Franca La Pampa: (Res. Gral. Nro. 23 a 25)......................................... 2102
Subsecretaría Hidrocarburos y Minería (Disp. Min. Nro. 14)............................................................ 2102
Ministerio de Hacienda y Finanzas - Subsecretaría de Hacienda –
Dirección General de Catastro: (Disp. Nros. 378, 379, 381 a 383, 388 a 391, 393, 395 y 396).......
2103
Secretaría de Asuntos Municipales: (Res. Nros. 247 a 263)............................................................ 2104
Tribunal de Cuentas: Acta 3907 Sentencias 1773 a 1777; Res. Nros. 141, 145 y 148)................... 2108
Instituto de Seguridad Social: (Res. Gral. Nros. 424y 425, Res. Nros. 99 a 102)............................ 2116
DAFAS: (Res. Nro. 1060).................................................................................................................. 2120
Licitaciones:....................................................................................................................................... 2120
Avisos Judiciales:............................................................................................................................. 2122
Jurisprudencia Judicial:..................................................................................................................... 2137
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles:............................................................................. 2137
Pág. N° 2054 Santa Rosa, 10 de Octubre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 2809
LEY Nº 2430: APROBANDO CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA NACIONAL DE
NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y EL
MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA.-
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Apruébase el convenio
celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez,
Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo
Social y el Ministerio de Bienestar Social de la
Provincia de La Pampa, el día 2 de mayo de 2008,
con el objeto de financiar en la Provincia el
Proyecto “Operadores Recreativos Juveniles para
Adultos Mayores”; ratificado mediante Decreto N°
1628/08, el cual forma parte integrante de la
presente Ley.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de Cámara de
Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa
Rosa, a los once días del mes de septiembre de
dos mil ocho.
C.P.N. Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador de
La Pampa Presidente Cámara de Diputados
Provincia de La Pampa – Lic. Pablo Daniel
MACCIONE Secretario Legislativo Cámara de
Diputados Provincia de La Pampa.-
CONVENIO
Entre La Secretaría Nacional de Niñez,
Adolescencia y Familia, representada por su titular
Lic. Marcela Paola VESSVESSIAN, con domicilio
en Teniente General Juan Domingo Perón 524 4°
piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
adelante "La Secretaría" por una parte, y El
Ministerio de Bienestar Social, de la Provincia de
La Pampa, representada por su Ministro Sra. María
Cristina REGAZZOLI, (L.C. N° 5.708.548.-), con
domicilio en Centro Cívico S/N P. 3 de la Ciudad
de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en
adelante "El Ministerio", por la otra, acuerdan
celebrar el presente convenio sujeto a las
siguientes cláusulas.-.....
PRIMERA: Objeto. El presente convenio tiene por
objeto otorgar con carácter de subsidio no
reintegrable, la suma de PESOS VEINTE MIL
TRESCIENTOS SESENTA ($20.360.-) para aplicar
al financiamiento del proyecto denominado
"Operadores Recreativos Juveniles para Adultos
Mayores" dentro del marco del Programa
Fortalecimiento lnstitucional. El presente proyecto
tiene por finalidad la comunicación
intergeneracional y la sensibilización comunitaria
con relación a la problemática de los adultos
mayores. Los objetivos se alcanzarán mediante la
formación de jóvenes como operadores
recreativos. El proyecto se llevará a cabo en la
Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa.-...
SEGUNDA: Implementación. "El Ministerio",se
compromete a: A) Destinar la suma recibida a
solventar los gastos que demande la ejecución del
proyecto denominado "Operadores Recreativos
Juveniles para Adultos Mayores", a realizarse en la
Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa; B)
Garantizar la realización del proyecto denominado
"Operadores Recreativos Juveniles para Adultos
Mayores"; C) Alcanzar a treinta (30) beneficiarios
jóvenes que se capacitarán como Operadores
Recreativos y veinte (20) Organizaciones que
trabajan con adultos mayores; D) Desarrollar la
producción de material didáctico y de actividades
propuestas para el proyecto; E) Contribuir con los
recursos propios técnicos, financieros y laborales
que se requieran para el correcto desarrollo del
proyecto.....
TERCERA: "La Secretaría" se compromete a
transferir a "El Ministerio", un monto total de
PESOS VEINTE MIL TRESCIENTOS SESENTA
($20.360.-) para cubrir los gastos correspondientes
a la financiación del proyecto denominado
"Operadores Recreativos Juveniles para Adultos
Mayores" a desarrollarse en el lugar indicado en la
cláusula PRIMERA. La suma mencionada será
abonada en un solo pago y deberá ser aplicada de
la siguiente forma: a) La suma de PESOS DOS
MIL OCHOCIENTOS ($2.800.-) para financiar los
gastos correspondientes a UN (1) Coordinador
General a razón de PESOS SETECIENTOS ($
700.-) por mes, durante CUATRO (4) meses; b) La
suma de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS ($
6.600.-) para financiar los gastos de TRES (3)
Coordinadores grupales, a razón de PESOS
QUINIENTOS CINCUENTA ($ 550.-) por mes por
persona, durante CUATRO (4) meses; c) La suma
de PESOS NOVECIENTOS SESENTA ($ 960.-)
para financiar los gastos de horas docentes; d) La
suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500.-)
para financiar los gastos correspondientes a
insumos didácticos; e) La suma de PESOS UN MIL
($ 1.000.-) para financiar los gastos
correspondientes a folletería.; f) La suma de
PESOS CUATRO MIL ($ 4.000.-) para financiar los
gastos correspondientes a alimentos; g) La suma
de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500.-)
para financiar los gastos correspondientes a
traslados...
CUARTA: "El Ministerio" se obliga a: a) Proveer la
infraestructura y material didáctico adecuados a las
necesidades del proyecto; b) Organizar, ejecutar y
supervisar, cuando intervienen terceros, todas las
actividades que impliquen el desarrollo del
proyecto; c) Dar inicio a las actividades dentro de
los treinta (30) días de recibidos los fondos; d)
Efectuar la supervisión directa de la ejecución del
proyecto; e) Entregar a la DIRECCIÓN NACIONAL
DE POLÍTICAS PARA ADULTOS MAYORES un
primer informe de planificación de tareas al inicio
de la ejecución del proyecto, un según informe a
BOLETIN OFICIAL N° 2809 Santa Rosa, 10 de octubre de 2008
2055
Pág. N°
los sesenta (60) días de iniciada la ejecución y un
último informe a los diez (10) días de concluída la
ejecución del proyecto; f) El plazo de ejecución del
proyecto es de cuatro (4) meses a contar a partir
de transcurridos treinta (30) días desde que se
hayan depositado los fondos; g) Adecuar los
mecanismos de Control y Rendición de Cuentas a
lo establecido por la Ley 24.156 de Administración
Financiera y Sistemas de Control del Sector
Público Nacional, y de acuerdo a los formularios
que obran como Anexo I. La documentación
deberá remitirse indefectiblemente a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS PARA
ADULTOS MAYORES, dentro de los noventa (90)
días de finalizada la ejecución del Proyecto; h)
Archivar debidamente por un plazo de diez (10)
años la documentación original respaldatoria de la
inversión realizada de los fondos otorgados
conforme a la cláusula primera del presente, la que
deberá estar a disposición de la DIRECCIÓN DE
ADMINISTRACIÓN AREA RENDICIÓN DE
CUENTAS, para su análisis y verificación, en el
momento que lo considere oportuno y sometida a
las competencias de control previstas en la Ley N°
24.156; i) Utilizar los fondos a que hace referencia
la Cláusula Primera en la ejecución del Proyecto
objeto del presente, no pudiendo modificar el
destino de dichos fondos excepto con autorización
previa y expresa de "La Secretaría"; j) Llevar una
contabilidad por separado de ingreso y egreso
detallado de los fondos transferidos para el
proyecto o emprendimiento productivo objeto del
presente.......
QUINTA: "La Secretaría" efectuará a través de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS PARA
ADULTOS MAYORES, inspecciones técnicas y
contables en cualquier etapa del proceso de
ejecución del Proyecto, pudiendo, también requerir
toda la información que juzgue necesaria para
realizar la evaluación.....
SEXTA: Sin perjuicio de las facultades que le
corresponden a la UNIDAD DE AUDITORIA
INTERNA, la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN (SIGEN), queda facultada a realizar los
controles de gestión sobre la ejecución del
Proyecto y respecto del cumplimiento de las
obligaciones establecidas en el presente convenio,
para lo cual "El Ministerio" pondrá a su disposición
los elementos necesarios al efecto.....
SEPTIMA: En caso de incumplimiento por parte de
"El Ministerio" de algunas de las obligaciones
emergentes del presente convenio, así como la
comprobación de falsedad u ocultamiento en la
información proporcionada o que proporcione en lo
sucesivo, dará lugar a la declaración de caducidad
del subsidio en los términos del Artículo 21 de la
Ley 19.549 de Procedimientos Administrativos, sin
perjuicio de las acciones civiles y penales que
pudieran corresponder. En caso de declararse la
caducidad del subsidio "El Ministerio" deberá
reintegrar la suma entregada sin necesidad de
requerimiento alguno.....
OCTAVA: Para todos los efectos emergentes del
presente convenio, las partes constituyen
domicilios legales en los lugares indicados
precedentemente, los que serán válidos mientras
no exista notificación fehaciente de su
modificación, sometiéndose a la Jurisdicción de los
Tribunales Federales en lo Contencioso
Administrativo, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. En prueba de conformidad, se firman dos (2)
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto,
en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2
días del mes de Mayo de dos mil ocho.- Lic.
Marcela Paola VESSVESSIAN, Secretaria
Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia,
Ministerio de Desarrollo Social – María Cristina
REGAZZOLI, Ministro de Bienestar Social.-
ANEXO I
DECLARACIÓN JURADA SOBRE APLICACIÓN DE FONDOS DE SUBSIDIO
_______________(1 )____________
Señor
Director General de Administración
Área Rendición de Cuentas
El (los) que suscribe(n)__________(2)________en mi (nuestro) carácter de___________(3)_______ de
_________(4)________con domicilio real/legal en la Calle________Nº ______de la Ciudad/Localidad de
___________Provincia de_________, manifestamos con carácter de declaración jurada, que he/hemos
aplicado los fondos de subsidio oportunamente otorgados por la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ,
ADOLESCENCIA y FAMILIA mediante Resolución N°___________/20__, tramitado bajo Expediente
N°______, conforme el detalle que se expone seguidamente:
Suma otorgada: Total a la fecha: $_________________
Inversión documentada rendida en la $_________________
presente:
Inversión documentada acumulada $_________________
total rendida:
Saldo a invertir: $__________________

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR