Boletín Oficial Nº 2779 - 14 de Marzo de 2008

Fecha de publicación14 Marzo 2008
Año2008
Número de Gaceta2779
SecciónContenido Completo
Propiedad Intelectual Nº 187332
B O L E T Í N O F I C I A L
Provincia de La Pampa
REPÚBLICA ARGENTINA
Gobernador:………………………………………………………………….…...……C.P.N. Oscar Mario JORGE
Vice-Gobernador:………………………………………………………….................C.P.N. Luis Alberto CAMPO
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad: ……………………...…………… Dr César Ignacio RODRIGUEZ
Ministro de Bienestar Social: ………………………………....................…....Sra. María Cristina REGAZZOLI
Ministro de Cultura y Educación: ………………………………………................. Dr. Juan Víctor BENSUSAN
Ministro de la Producción:…………………………………….………..……......... Dr. Abelardo Mario FERRAN
Ministro de Hacienda y Finanzas:.............................................................C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER
Ministro de Obras y Servicios Públicos..............................................….............Ing° Julio Néstor BARGERO
Secretario General de la Gobernación:.................................................................... Sr. Raúl Eduardo ORTIZ
Secretario de Asuntos Municipales:..................................................................................Sr. Rodolfo CALVO
Secretario Recursos Hídricos:.........................................................….................. Sr. Juan Pablo MORISOLI
Secretario de Derechos Humanos:………..……………………….….………....…… Sr. Héctor Rubén FUNES
Asesor Letrado de Gobierno:......................................................…...................Dra. Daniela Mónica VASSIA
Fiscal de Estado: ......................................................................…........................ Dr. José Alejandro VANINI
Dirección: Sarmiento Nº 335 Telefax: 02954 - 436323 www.lapampa.gov.ar
AÑO LV - Nº 2779 SANTA ROSA, 14 de Marzo de 2008.-
SUMARIO
Página
Decretos Sintetizados: (Nros. 273, 393, 394, 408, 410, 420 a 447, 449, 451, 454 a 461, 464 a
466)...................................................................................................................................................
378
Designaciones: (Nros. 419, 452, 467 y 468)..................................................................................... 382
Ministerio de Bienestar Social: ( Res. Nros. 2148 a 2150, 2154 a 2158, 101, 102, 115, 117, 118,
122, 124 a 129).................................................................................................................................
382
Ministerio de la Producción: (Res. Nros. 115, 122 a 127)................................................................ 383
Ministerio de Hacienda y Finanzas-Subsecretaría de Hacienda - Dirección General de
Rentas:(Res. Gral. Nros. 8 y 9)........................................................................................................
384
Dirección General de Catastro: (Disp. Nros. 542/07, 001, 002, 004, 006 a 010).............................. 385
Instituto de Seguridad Social: (Res. Gral. Nº 387)............................................................................ 386
Licitaciones:....................................................................................................................................... 388
Edictos de Minería:............................................................................................................................ 389
Avisos Judiciales:............................................................................................................................. 390
Jurisprudencia Judicial:..................................................................................................................... 399
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles:............................................................................. 401
Pág. N° 378 Santa Rosa, 14 de Marzo de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 2779
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto Nº 273 -19-II-08- Art. 1º.-
Adjudícase la Licitación Privada Nº 14/07 del
Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, a la
Empresa “SOR” de EDELBERTO OMAR SALAS,
D.N.I. Nº 12.194.390, para la “CONTRATACIÓN
DE LOS TRABAJOS DE LIMPIEZA EN EL
ORGANISMO”, en la suma de $ 9.999,00,
mensuales, lo que hace un total de $ 119.988,00,
por el término de 12 meses de duración del
Contrato, prorrogable a 12 meses más, con
encuadre Legal en la Ley Nº 3 de Contabilidad.-
Art. 2º.- Apruébase el proyecto de
Contrato que forma parte del presente Decreto, y
autorízase al Señor Presidente del Instituto
Provincial Autárquico de Vivienda, para que en
representación del Organismo, proceda a suscribir
el instrumento legal correspondiente.-
Art. 3º.- El gasto que demande el
cumplimiento del presente Decreto, será atendido
de la siguiente manera: $ 109.989,00, a la Cuenta
1, JURISDICCIÓN “O”, INSTITUTO PROVINCIAL
AUTÁRQUICO DE VIVIENDA, UNIDAD DE
ORGANIZACIÓN 01, CARÁCTER 1, FINALIDAD Y
FUNCIÓN 420, S. 1, P.R. 011, P.A. 02, S.P. 03,
C.L. 00, S.C.L. 036, C. 0, del presupuesto vigente,
y el resto hasta completar el monto total de los
trabajos, deberá preverse en el presupuesto de los
ejercicios: 2009 y 2010, según lo establecido en el
Artículo 10 de la Ley Nº 3 de Contablidad.-
Decreto Nº 393 -29-II-08- Art. 1º.-
Autorízase la Contratación de Trabajos Adicionales
para la Obra: “80 VIVIENDAS EN LA CIUDAD DE
GENERAL PICO “D”- PROGRAMA FEDERAL
PLURIANUAL DE CONSTRUCCIÓN DE 3600
VIVIENDAS- 1136 VIVIENDAS- 1º ETAPA”, con la
Empresa CASELLA S.A., por la suma de $
62.940,80, a valores del mes de Junio de 2007,
con una Ampliación de Plazo Contractual de 60
días corridos, con encuadre legal en la Ley Nº
2207 y en lo normado en los Artículos 62- primer
párrafo-, 64 y 65 de la Ley General de Obras
Públicas Nº 38 y sus modificatorias, y Decreto Nº
250/08.-
Decreto Nº 394 -29-II-08- Art. 1º.-
Autorízase la Contratación de Trabajos Adicionales
para la Obra: “60 VIVIENDAS EN LA CIUDAD DE
GENERAL PICO “E”- PROGRAMA FEDERAL
PLURIANUAL DE CONSTRUCCIÓN DE 3600
VIVIENDAS- 1136 VIVIENDAS- 1º ETAPA”, con la
Empresa CASELLA S.A., por la suma de
$ 47.205,60, a valores del mes de Junio de 2007,
con una Ampliación de Plazo Contractual de 60
días corridos, con encuadre legal en la Ley Nº
2207 y en lo normado en los Artículos 62- primer
párrafo-, 64 y 65 de la Ley General de Obras
Públicas Nº 38 y sus modificatorias, y Decreto Nº
250/08.-
Decreto Nº 408 -29-II-08- Art. 1º.-
Acuérdanse, a partir del primer día del mes de
marzo una pensión vitalicia en el marco de la Ley
Nº 2343, a los beneficiarios que se detallan en el
presente Decreto.- Cexpte. Nº 1281/08).
Decreto Nº 410 -3-III-08- Art. 1º.-
Determínase que el derecho establecido por el
inciso II) del artículo 4º de la Ley Nº 1124 –Estatuto
del Trabajador de la Educación-, se hará efectivo
mediante un aporte anual equivalente al 75% del
sueldo básico correspondiente al cargo de Maestro
de grado de Escuela Común, calculado a valores
del mes de febrero de cada año.-
Art. 2º.- Establécese que la suma a que
se refiere el artículo anterior, se consolidará a
valores de las remuneraciones correspondientes
al mes de febrero de cada año, y se pagará el 62%
conjuntamente con la liquidación del mes de
febrero, 38% conjuntamente con la liquidación del
mes de Julio.-
Art. 3º.- El aporte fijo establecido en el
artículo anterior será liquidado por agente,
independientemente de la cantidad de cargos que
detente, al personal docente titular, interino y
suplente funcional, conforme las pautas
establecidas por el artículo 1º del Decreto Nº
912/91.- Art. 4º. - Determínase que para el
presente ejercicio, el aporte a que se refiere el
artículo 1º, se abonará como suma fija, fijándose el
monto de $ 400,00 a abonarse con la liquidación
complementaria del mes de febrero, y la suma de $
246,03 conjuntamente con la liquidación del mes
de Julio del corriente.-
Decreto Nº 420 -4-III-08- Art. 1º.- Dése
de baja por fallecimiento a partir del 25 de Octubre
de 2007, al agente Categoría 7- Rama
Mantenimiento y Producción- de la Ley Nº 643,
WENCESLAO BARROS (L.E. Nº 7.568.388, Clase
1942), perteneciente al Ente Provincial del Río
Colorado.-
Decreto Nº 421 -4-III-08- Art. 1º.-
Acéptase, a partir del 2 de enero de 2008, la
renuncia presentada por la agente Categoría 6
(Rama Administrativa Hospitalaria)- Ley Nº 1279-
Gladys Margarita ALI- L.C. Nº 5.216.236- Clase
1947-, perteneciente a la Subsecretaría de Salud,
quien ha optado por hacer uso del derecho que le
acuerda el artículo 173 bis de la Ley Nº 643.-
Decreto Nº 422 -4-III-08- Art. 1º.-
Desígnase a partir del primer día del mes siguiente
a la fecha de la firma del presente en el Régimen
Laboral de Tiempo Reducido creado por Ley Nº
2343, al personal que se detalla en el presente
Decreto, en la Jurisdicción y Unidad de
BOLETIN OFICIAL N° 2779 Santa Rosa, 14 de Marzo de 2008 379Pág. N°
Organización correspondientes.- (Expte. Nº
1232/08).-
Decreto Nº 423 -4-III-08- Art. 1º.-
Desígnase a partir del primer día del mes siguiente
a la fecha de la firma del presente en el Régimen
Laboral de Tiempo Reducido creado por Ley Nº
2343, al personal que se detalla en el presente
Decreto, en la Jurisdicción y Unidad de
Organización correspondientes.- (Expte. Nº
1234/08).-
Decreto Nº 424 -4-III-08- Art. 1º.-
Díspóngase a partir de la fecha de su notificación
el pase a situación de Retiro Voluntario del
Sargento Ayudante de Policía Mario Daniel
PEREYRA, D.N.I. Nº 18.507.725, Clase 1967, de
acuerdo a lo prescripto en los artículos 12 y 14 de
la Norma Jurídica de Facto Nº 1256.-
Decreto Nº 425 -4-III-08- Art. 1º.-
Páguese a la ex -Director General del Registro
Civil y Capacidad de las Personas María Liz
FIGUEROA ECHEVESTE - D.N.I. Nº 18.129.398 -
Clase 1967- la suma de $ 5.323,00 en concepto de
13 días de licencia anual no usufructuada
correspondiente al año 2006 y 15 días proporcional
del año 2007, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 122 de la Ley Nº 643.-
Decreto Nº 426 -4-III-08- Art. 1º.-
Autorízase la creación de una Caja Chica en la
Tesorería General de la Provincia por la suma de $
500, para atender erogaciones por bienes y
servicios originadas en comisiones de
transferencias, giros y otros gastos bancarios,
como así también en bienes y servicios que hay
que abonar en el momento de la realización del
gasto.- Art. 2º.- Los responsables del manejo de
la Caja Chica creada por el artículo primero serán
el Tesorero General y Subtesorero General.-
Art. 3º.- A los efectos de lo determinado
precedentemente la Habilitación del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, entregará la suma indicada
an el artículo primero.-
Art. 4º.- La Caja Chica referida estará
sujeta a rendición de cuentas en forma mensual, y
su reintegro se efectuará al haberse invertido el
70% del monto total. Al 31 de Diciembre se
procederá a rendir cuenta de los gastos efectuados
con cargo al ejercicio y depositar el saldo no
invertido.-
Decreto Nº 427 -5-III-08- Art. 1º.- A partir
de la fecha del presente Decreto la agente
Categoría 6 (Rama Profesional con 44 horas
semanales de labor y Dedicación Exclusiva) -Ley
Nº 1279- Elizabeth SABAN -D.N.I. Nº 21.992.775 -
Clase 1971 perteneciente a la Subsecretaría de
Salud, cumplirá un régimen laboral de 32,30 horas
semanales de labor.-
Decreto Nº 428 -5-III-08- Art. 1º.-
Acéptase , a partir del 1 de diciembre de 2007, la
renuncia presentada por el agente Categoría 9
(Rama Servicios Generales y Mantenimiento) -Ley
Nº 1279- Rosendo TITUÑIK -D.N.I. Nº M.
7.358.273 -Clase 1942-, perteneciente a la
Subsecretaría de Salud, quien ha optado por hacer
uso del derecho que le acuerda el artículo 173 bis
de la Ley Nº 643.-
Decreto Nº 429 -5-III-08- Art. 1º.-
Acéptase, a partir del 1 de noviembre de 2007, la
renuncia presentada por el agente Categoría 8
(Rama Servicios Generales y Mantenimento)-Ley
Nº 1279 - Miguel Alberto Rojas L.E. Nº 7.358.229 -
Clase 1941-, pertenenciente a la Subsecretaría de
Salud, quien ha optado por hacer uso del derecho
que le acuerda el artículo 173 bis de la Ley Nº
643.-
Decreto Nº 430 -5-III-08- Art. 1º.-
Acéptase, a partir del 1 de enero de 2008, la
renuncia presentada por el agente Categría 7
(Rama Enfermería) -Ley Nº 1279- Juan Pedro
MARQUEZ L.E. Nº 7.359.870 - Clase 1942-,
perteneciente a la Subsecretaría de Salud, quien
ha optado por hacer uso del derecho que le
acuerda el artículo 173 bis de la Ley Nº 643.-
Decreto Nº 431 -5-III-08- Art. 1º.-
Acéptase, a partir del 1 de noviembre de 2007, la
renuncia presentada por la agente Categoría 9
(Rama Servicios Generales y Mantenimiento) -Ley
Nº 1279 - Norma Elsa ZAPATA -L.C. Nº 5.173.469
-Clase 1946-, perteneciente a la Subsecretaría de
Salud, quien ha optado por hacer uso del derecho
que le acuerda el artículo 173 bis de la Ley Nº
643.-
Decreto Nº 432 -5-III-08- Art. 1º.-
Acuérdanse pensiones por incapacidad por la
suma de $ 315,00 a partir de la fecha del presente
Decreto, de conformidad a lo establecido por el
Artículo 3º de la Ley Nº 786 a las personas que se
detallan en el presente Decreto.- (Expte. Nº
15791/07.-
Decreto Nº 433 -5-III-08- Art. 1º.-
Acuérdense pensiones por incapacidad por la
suma de $ 315,00 a partir de la fecha del presente
Decreto, de conformidad a lo establecido por el
Artículo 3º de la Ley Nº 786 a las personas que se
detallan en el presente Decreto.- (Expte. Nº
14510/07).-
Decreto Nº 434 -5-III-08- Art. 1º.-
Acuérdanse pensiones por incapacidad por la
suma de $315,00 a partir de la fecha del presente
Decreto, de conformidad a lo establecido por el
Artículo 3º de la Ley Nº 786 a las personas que se
detallan en el presente Decreto .-(Expte. Nº
14951/07).-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR