Boletín Oficial Nº 2419 - 20 de Abril de 2001

Fecha de publicación20 Abril 2001
Año2001
Número de Gaceta2419
SecciónContenido Completo
Propiedad Intelectual Nº 187332
B O L E T I N O F I C I A L
Provincia de La Pampa
REPUBLICA ARGENTINA
Gobernador: ......................................................................................................... Dr. Rubén Hugo MARIN
Vice-Gobernador:........................................................................................... Dr. Heriberto Eloy MEDIZA
Ministro de Gobierno y Justicia: ....................................................................Dr. César Horacio BALLARI
Ministro de Bienestar Social: .........................................................................Sra. Marta Elena CARDOSO
Ministro de Cultura y Educación:.....................................................................Prof. Miguel Angel TANOS
Ministro de la Producción: ..................................................................Ing. Agr. Néstor Ricardo ALCALA
Ministro de Hacienda y Finanzas:.......................................................... C.P.N. Ernesto Osvaldo
FRANCO
Secretario de Obras y Servicios Públicos....................................................Ing. Raúl Victor RODRIGUEZ
Secretario General de la Gobernación:.............................................................. Sr. Cándido Hipólito DIAZ
Asesor Letrado de Gobierno: ...........................................................................Dr. Pablo Luis LANGLOIS
Fiscal de Estado: .........................................................................................Dr. Pedro Mario ZUBILLAGA
Dirección : Sarmiento nº 335 Telefax 02954- 436323 www. lapampa.gov.ar
AÑO XLVIII - Nº 2419 SANTA ROSA, 20 de Abril de 2001.-
S U M A R I O
Página
Decretos Sintetizados: (Nros. 301, 498, 499, 510 a 559, 562 a 565, 567, 568, 570, 572 a 611)............ 550
Ministerio de Cultura y Educación: (Res. Nros. 274, 283, 285, 296 y 297)........................................... 564
Subsecretaría de Educación: (Disp. Nro. 03).......................................................................................... 564
Ministerio de la Producción: (Res. Nro. 098)......................................................................................... 564
Subsecretaría de Cooperativas: (Disp. Nros. 3 a 5)................................................................................. 564
Dirección de Cooperativas: (Disp. Nro. 4).............................................................................................. 565
Ministerio de Hacienda y Finanzas
Subsecretaría de Hacienda
Dirección General de Rentas: (Res. Gral. Nro. 17)................................................................................. 565
Dirección General de Catastro: (Disp. Nros. 018, 101, 105, 107, 108, 112, 115, 116, 118 y 120)........ 565
Contaduría General: (Res. Nros. 83, 85 a 91)......................................................................................... 567
Licitaciones.............................................................................................................................................. 567
Edictos de Mina:...................................................................................................................................... 569
Avisos Judiciales:.................................................................................................................................... 574
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles:................................................................................... 590
Pág. n° Santa Rosa, 20 de Abril de 2001 BOLETIN OFICIAL N° 2419
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DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto N° 301 - 2-III-01 - Art. 1°.-
Reestructúranse partidas del Presupuesto vigente de
acuerdo a lo establecido en las planillas obrantes de
fojas 2 a 258 del Expediente n° 2149/01.-
Art. 2°.- Establécese que la “Solicitud de
Reestructuración n° 65562”, adjunta a fs. 76 se autoriza
para imputar créditos, quedando supeditado el pago de
las erogaciones al ingreso del recurso “Explotación
APE”.-
Art. 3°.- Determínase que la “Solicitud de
Reestruturación n° 67549” adjunta a fs. 140 se autoriza
para realizar afectaciones de créditos, pero se dará
curso a los pagos correspondientes con el efectivo
ingreso de los recursos provenientes de la Ley n° 1729
destinados a Comunas del Oeste Pempeano.-
Art. 4°.- Déjase establecido que las
“Solicitudes de Reestructuración” nros. 67397 y
67398” de fs. 218 y 222, se autorizan para realizar
afectaciones de créditos, pero se dará curso a los pagos
correspondientes con el efectivo ingreso de los fondos
afectados a la Dirección Provincial de Vialidad.-
Decreto N° 498 - 30-III-01 - Art. 1°.-
Extiéndase hasta el día 31 de Agosto de 2001, la
vigencia del sistema especial y temporario de
descuento de intereses generados por deudas en
concepto de Impuestos a los Vehículos e Inmobiliario -
Básico y Adicional- establecido por el Decreto n°
Decreto N° 499 - 30-III-01 - Art. 1°.-
Apruébanse, las reestructuraciones en la organización
funcional del Poder Ejecutivo Provincial, de
conformidad a lo establecido en cada uno de los anexos
que se indican y que forman parte del presente, en las
áreas de:
Anexo I: Gobernación; Anexo II: Ministerio de
Gobierno y Justicia; Anexo III: Ministerio de Bienestar
Social; Anexo IV: Ministerio de Cultura y Educación;
Anexo V: Ministerio de la Producción; Anexo VI:
Ministerio de Hacienda y Finanzas; Anexo VII:
Secretaría General de la Gobernación; Anexo VIII:
Secretaría de Obras y Servicios Públicos; Anexo IX:
Asesoría Letrada de Gobierno; Anexo X: Fiscalía de
Estado; Anexo XI: Subsecretaría de Medios de
Comunicación; Anexo XII: Contaduría General de la
Provincia.-
Art. 2°.- Deróganse los artículos números 1°,
2°, 3°, 5°, 6° y 9° del Decreto n° 09/95 y el Decreto n°
897/00.-
Decreto N° 510 - 3-IV-01 - Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la Categoría 12
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con doña Luciana Edith CORDOBA, D.N.I. N°
25.912.173, Clase 1977, y por el período comprendido
entre el 2 de Enero y hasta el 25 de Febrero de 2001,
para desempeñar tareas inherentes a dicha rama en el
Establecimiento Asistencial “Doctor Lucio Molas”,
dependiente de la Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 511 - 3-IV-01 - Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la Categoría 8
(Rama Profesional con 44 horas semanales de labor y
Dedicación Exclusiva) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con doña María Silvana CANTARELLI, DNI.
N° 24.607.366, Clase 1975 y por el período
comprendido entre el 9 de Febrero y hasta el 10 de
Abril de 2001, para desempeñarse como Odontóloga en
el Area Programática, dependiente de la Subsecretaría
de Salud.-
Decreto N° 512 - 3-IV-01 - Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la Categoría 8
(Rama Profesional con 44 horas semanales de labor y
Dedicación Exclusiva) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con don Jorge Luis DIAZ BERNAOLA, D.N.I.
N° 92.782.539, Clase 1969- y por el período
comprendido entre el 28 de Febrero y hasta el 29 de
Abril de 2001, para desempeñarse como Médico en el
Establecimiento Asistencial de Colonia Barón,
dependiente de la Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 513 - 3-IV-01 - Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la Categoría 12
(Rama Técnica) -Ley 1279- de locación de servicios
formalizado por el Ministerio de Bienestar Social con
doña Claudia Lorena CABAÑA, D.N.I. N° 26.475.207,
Clase 1977, y por el período comprendido entre el 6 de
Febrero y hasta el 7 de Abril de 2001, para
desempeñarse como Técnica de Esterilización en el
Establecimiento Asistencial “Doctor Lucio Molas”,
dependiente de la Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 514 - 3-IV-01 - Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la Categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con doña Claudia Alejandra BAIARDINI,
D.N.I. N° 17.734.649, Clase 1966, y por el período
comprendido entre el 24 de Enero y hasta el 1 de
Marzo de 2001 y para desempeñarse como Auxiliar de
Enfermería en el Establecimiento Asistencial de
General Pico, dependiente de la Subsecretaría de
Salud.-
Decreto N° 515 - 3-IV-01 - Art. 1°.-
Apruébase la prórroga del contrato de locación de
servicios aprobado por Decreto N° 99/01, formalizado
por el Ministerio de Bienestar Social con la agente
contratada equiparada a la Categoría 12 (Rama
Enfermería) -Ley 1279- Verónica Valeria ROA, D.N.I.
N° 26.082.130, Clase 1977, perteneciente al
Establecimiento Asistencial de Victorica, dependiente
de la Subsecretaría de Salud, la que tendrá vigencia a
BOLETIN OFICIAL N° 2419 Santa Rosa, 20 de Abril de 2001 Pág. n°
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partir del 31 de Enero y hasta el 14 de Marzo de 2001,
correspondiendo asimismo el pago del Adicional por
Riesgo Hospitalario.-
Decreto N° 516 - 3-IV-01 - Art. 1°.-
Apruébase la prórroga del contrato de locación de
servicios aprobado por Decreto N° 118/01,
formalizado por el Ministerio de Bienestar Social con
la agente contratada equiparada a la Categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- María Laura CABRAL,
D.N.I. N° 24.276.166, Clase 1974, perteneciente al
Establecimiento Asistencial “Doctor Lucio Molas”,
dependiente de la Subsecretaría de Salud, la que tendrá
vigencia a partir del 31 de Enero y hasta el 1° de Abril
de 2001, correspondiendo asimismo el pago del
Adicional por Riesgo Hospitalario.-
Decreto N° 517 - 3-IV-01 - Art. 1°.-
Apruébase la prórroga del contrato de locación de
servicios aprobado por Decreto N° 101/01,
formalizado por el Ministerio de Bienestar Social con
la agente contratada equiparada a la Categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- Andrea Beatriz
MORENO, D.N.I. N° 21.429.028, Clase 1970,
perteneciente al Establecimiento Asistencial “Doctor
Lucio Molas”, dependiente de la Subsecretaría de
Salud, la que tendrá vigencia a partir del 8 de Febrero y
hasta el 9 de Abril de 2001, correspondiendo asimismo
el pago del Adicional por Riesgo Hospitalario.-
Decreto N° 518 - 3-IV-01 - Art. 1°.-
Apruébase la prórroga del contrato de locación de
servicios aprobado por Decreto N° 158/01,
formalizado por el Ministerio de Bienestar Social con
la agente contratada equiparada a la Categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- Nora Adriana
SPALVIERI, D.N.I. N° 14.253.675, Clase 1960,
perteneciente al Establecimiento Asistencial de Doblas,
dependiente de la Subsecretaría de Salud, la que tendrá
vigencia a partir del 4 de Marzo y hasta el 3 de Abril
de 2001, correspondiendo asimismo el pago del
Adicional por Riesgo Hospitalario.-
Decreto N° 519 - 3-IV-01 - Art. 1°.-
Apruébase la Licitación Privada N° 127/00, tramitada
por el Departamento de Compras y Suministros y,
consecuentemente adjudícase la misma a la firma
MARIA LUISA RODRIGUEZ, por la prestación del
servicio de limpieza, jardinería, copa de
leche/refrigerio, trámites oficiales, conservación y
mantenimiento con destino al J.I.N. N° 4 de la Ciudad
de Santa Rosa.-
Art. 2°.- Apruébase el proyecto de Contrato
de Prestaciones de Servicios que forma parte del
presente Decreto, y autorízase al Director General de
Administración dependiente del Ministerio de Cultura
y Educación, a suscribir el mismo con la empresa
adjudicataria.-
Art. 3°.- Habilitación de Educación, previa
intervención de Contaduría General, liquidará y pagará
a favor de la firma MARIA LUISA RODRIGUEZ, la
suma de $ 600,00 mensuales, previa certificación
emitida por la Dirección del Establecimiento.-
Art. 4°.- Los gastos necesarios a los fines
ordenados precedentemente se tomarán con cargo a la
Jurisdicción “F” - Unidad de Organización 13 -
Función 520 - Sección 1 - P.P.11 - p.p. 02 - s.p. 03 -
control 8, del presupuesto vigente y a la partida que se
le asigne del presupuesto del año 2002, en caso de
prórroga de contrato (Artículo 10°, tércer párrafo de la
Ley N° 3 de Contabilidad), a cuyo efecto deberá tomar
conocimiento la Honorable Legislatura.-
Decreto N° 520 - 3-IV-01 - Art. 1°.-
Apruébase la Licitación Privada N° 126/00, tramitada
por el Departamento de Compras y Suministros y,
consecuentemente adjudícase la misma a la firma
NATALIA ANTON, por la prestación del servicio de
limpieza, jardinería, copa de leche/refrigerio, trámites
oficiales, conservación y mantenimiento con destino a
la Escuela N° 258 de la Ciudad de Santa Rosa.-
Art. 2°.- Apruébase el proyecto de Contrato
de Prestaciones de Servicios que forma parte del
presente Decreto, y autoríazase al Director General de
Administración dependiente del Ministerio de Cultura
y Educación, a suscribir el mismo con la empresa
adjudicataria.-
Art. 3°.- Habilitación de Educación, previa
intervención de Contaduría General, liquidará y pagará
a favor de la firma NATALIA ANTON, la suma de $
1.580,84 mensuales, previa certificación emitida por la
Dirección del Establecimiento.-
Art. 4°.- Los gastos necesarios a los fines
ordenados precedentemente se tomarán con cargo a la
Jurisdicción “F” - Unidad de Organización 13 -
Función 520 - Sección 1 - P.P.11 - p.p. 02 - s.p. 03 -
control 8, del presupuesto vigente y a la partida que se
le asigne del presupuesto del año 2002, en caso de
prórroga de contrato (Artículo 10°, tércer párrafo de la
Ley N° 3 de Contabilidad), a cuyo efecto deberá tomar
conocimiento la Honorable Legislatura.-
Decreto N° 521 - 3-IV-01 - Art. 1°.-
Apruébase la Licitación Privada N° 141/00, tramitada
por el Departamento de Compras y Suministros y,
consecuentemente adjudícase la misma a la firma
ANTONIO GARCIA, por la prestación del servicio de
limpieza, jardinería, copa de leche/refrigerio, trámites
oficiales, conservación y mantenimiento con destino a
la Escuela N° 141 de la localidad de Colonia El
Zauzal.-
Art. 2°.- Apruébase el proyecto de Contrato
de Prestaciones de Servicios que forma parte del
presente Decreto, y autorízase al Director General de
Administración dependiente del Ministerio de Cultura
y Educación, a suscribir el mismo con la empresa
adjudicataria.-
Art. 3°.- Habilitación de Educación, previa
intervención de Contaduría General, liquidará y pagará
a favor de la firma ANTONIO GARCIA, la suma de $
1.290,00 mensuales, previa certificación emitida por la
Dirección del Establecimiento.-
Art. 4°.- Los gastos necesarios a los fines
ordenados precedentemente se tomarán con cargo a la
Jurisdicción “F” - Unidad de Organización 13 -

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