Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 9 de Febrero de 2018, expediente CAF 070701/2015/CA001

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 70701/2015 BOGADO, OSVALDO Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de febrero de dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver los recursos interpuestos en el expediente: “B., O. y otros c/ EN – Mº

Seguridad –PFA- s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, Dr. J.A. dijo:

  1. Que a fs. 113/116vta. la jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda interpuesta, y, en lo que aquí interesa, condenó al Estado Nacional a incorporar en el concepto “haber mensual”, con carácter remunerativo y bonificable, el aumento otorgado mediante el Decreto nro.

    1322/06 y del adicional establecido por el Decreto nro. 2140/2013 y sus modificatorios, al sueldo de los actores; todo ello junto con las retroactividades respectivas por lo percibido en menos. Impuso las costas en el orden causado.

  2. Que contra dicho pronunciamiento el Estado Nacional apeló a fs. 117 y fundó sus agravios a fs. 127/131, los que fueron replicados por la actora a fs. 133/137.

    Por su parte, la actora apeló a fs. 119 y fundó sus agravios a fs. 123/125, que no fueron replicados por la demandada.

    El Estado Nacional se agravia de que en la sentencia recurrida se hizo lugar a la pretensión de los actores. Se queja de que la a quo ordenó incluir dentro del concepto haber mensual las sumas otorgadas por el decreto 1322/06 con carácter remunerativo y bonificable. Además, afirma que los suplementos creados mediante el Decreto 2140/13, no se otorgan a la generalidad del personal de Fuerza por ser ellos suplementos particulares.

    Fecha de firma: 09/02/2018 Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F., #27795223#198289491#20180208102216734 La actora, cuestiona el modo en que fueron impuestas las costas de la anterior instancia y solicita que sean impuestas en su totalidad a la demandada.

  3. Que, cabe señalar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la causa “J., W.H. c/ EN -Mº Justicia –

    PFA- dto. 2744/93 1262/09 s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, sentencia del 8 de octubre de 2013, se expidió con relación al suplemento dispuesto en el Decreto Nº 1322/06, estableciendo que, por razones análogas a las expuestas en el precedente “O., correspondía considerar que el suplemento de que se trata reviste también carácter de remunerativo y bonificable.

    Por los fundamentos expuestos en dicho precedente, a los que cabe remitirse por razón de brevedad, corresponde incluir en el haber mensual de la parte actora, con carácter “remunerativo” y “bonificable”, los suplementos creados por el Decreto 1322/2006.

  4. Que, en relación a los suplementos creados por el Decreto 2140/13 en favor de los agentes de la Policía Federal Argentina, cabe señalar que, en el caso, no se encuentra controvertido su carácter remunerativo, dado que ello resulta expresamente de la norma.

    Por el contrario, respecto del carácter bonificable cabe señalar que “… una cosa es considerar que tales...

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