Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 21 de Septiembre de 2023, expediente CNT 025659/2013/CA001
Fecha de Resolución | 21 de Septiembre de 2023 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA V
Expte. Nº CNT 25659/2013/CA1
Expte. Nº CNT 25659/2013/CA1
SENTENCIA INTERLOCUTORIA. 53123
AUTOS: "BLANCO ORLANDO RODOLFO c/ MILUSH SA Y OTRO s/DESPIDO”
(JUZGADO Nº 75).
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los 20 días del mes de septiembre de 2023 se reúnen los jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, en los términos que a continuación se indican.
VISTO
Y CONSIDERANDO:
El día 12/06/2023 se dictó la sentencia definitiva en la cual se hizo parcialmente lugar a la demanda por despido y regularon los honorarios a la representación letrada de la parte actora en la suma de $30.000, de la demandada en $42.000 y a la perita contadora en $15.000.
Asimismo, al rechazarse la demanda en los términos de la Ley de Riesgos del Trabajo, se regularon los honorarios correspondientes al perito médico en la suma de $17.000.
El perito médico digitalmente en fecha 14/06/2023 cuestiona los estipendios regulados a su favor por estimarlos reducidos, mientras que la parte demandada MILUSH S.A. en fecha 22/06/2023 apela los emolumentos regulados a los profesionales intervinientes por considerarlos elevados (recursos concedidos el día 15/06/2023 y 22/06/2023, respectivamente).
Atendiendo a la naturaleza, calidad y extensión de las tareas realizadas por la perita contadora (la aceptación del cargo y a fs. 328/335 la presentación pericial) y pautas arancelarias de aplicación; estímese que los honorarios regulados no lucen elevados y, en consecuencia, se propicia su confirmación.
En atención a las mismas pautas ponderadas precedentemente y la extensión de las labores desarrolladas por el perito médico (la aceptación del cargo y a fs. 277/279 la presentación pericial) y pautas arancelarias de aplicación; estímese que los honorarios del profesional lucen reducidos y, por ello, se postula su elevación a la suma de PESOS
CINCUENTA MIL ($50.000).
Teniendo en cuenta la calidad y extensión de las tareas profesionales realizadas por la representación letrada de las partes actora y demandada, así como también las etapas procesales efectivamente cumplidas y pautas arancelarias de aplicación;
Fecha de firma: 21/09/2023
Firmado por: G.D.V., JUEZ DE CAMARA 1
Firmado por: B.E.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.C., SECRETARIA DE CAMARA
estímese que los honorarios regulados no lucen elevados y, en...
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